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Portago 17-04-2011 22:28

Valen las fotocopias ?
 
Se recomienda no llevar los documentos originales en el barco por precaucion de robos o hasta de accidentes.
Pero..... si llevamos fotocopias, ¿ son estas validas ?
La GC o capitania las aceptan ?
Entiendo que validadas o compulsadas.
Que sabeis de esto ?
RONDITAS:brindis:

Juanitu 17-04-2011 22:33

Re: Valen las fotocopias ?
 
Bueno, se que este hilo puede tener cierto cachondeíto, porque ¿quién no tiene una historia original que contar?...

Los documentos siempre deben ser originales. Si no los tienes originales, debe haber una excusa que te acepte la autoridad para no llevarlos, y no suele ser la fotocopia.

La compulsa tiene como finalidad que un funcionario certifique, en el momento de compulsar, que efectivamente el documento focotopiado es el mismo idéntico que el original, pero nada más.

Es decir, que igual que tienes que llevar el DNI en la cartera y no valen fotocopias, tienes que llevar el permiso de circulación y el recibo del seguro del coche y no valen fotocopias... de igual modo tienes que llevar documentos originales... y no valen fotocopias.

Otra cosa es que mucha gente lo lleve, que allá donde te lo pidan lo den por bueno, o que el agente que te toque al pedir papeles sea benevolente y sólo te exija presentarte en Capitanía con los papeles en un plazo determinado. Pero "valer" no vale.

Yo llevo originales a bordo, y fotocopia de todo en casa. Si los originales se perdieran la fotocopia sirve para atestiguar que existían, pero hay que expedirlos de nuevo. Un truco recomendable es tener una carpeta de esas de "funditas" de plástico. Cada documento va en su fundita, a salvo de manos cremosas o salpiqueos de todo tipo. Si en un Club o puerto lo tienen que fotocopiar (el mío se fotocopió ayer mismo en Cartagena) se puede hacer la fotocopia sin sacarlo de la fundita. Gracias a este sistema, los documentos no llevan dobleces y no se deterioran tanto, y además se ve muy claramente de un vistazo las fechas de caducidad y los números identificadores de la embarcación (hablo de la letra pequeña).

Para casos extremos se explide un duplicado de ciertos documentos, pero no creo que esto sea habitual, aunque no te puedo decir con seguridad.

:pirata:

popeye IV 27-04-2011 00:25

Re: Valen las fotocopias ?
 
Hola Portago.

Como bien dice Juanitú, mejor llevar los originales y dejar unas fotocopias en casa, y en caso de querer dejarlos en casa, pues fotocopia compulsada al canto.

Saludos y buena suerte.:brindis:.

Odiel 27-04-2011 19:00

Re: Valen las fotocopias ?
 
Es perfectamente legal llevar fotocopias de la documentación original del barco compulsadas en Capitanía, la Guardia Civil o la Autoridad competente que requiera esa documentación, al ver el sello de Capitanía y la firma del funcionario, tiene obligación de darla por auténtica, pues el funcionario de Capitanía tiene capacidad legal para hecer la compulsa de esos documentos. Y por favor, antes de elucubrar, preguntais en Capitanía como hice yo, que llevo toda la documentación compulsada a bordo, y los originales bien guardados en casa.
:brindis:

Jangada 28-04-2011 14:08

Re: Valen las fotocopias ?
 
Debemos primeramente aclarar los conceptos que estamos manejando:
Compulsar es comparar un documento con otro.
Testimoniar es atestiguar o hacer de testigo.Eltestimonio que me refiero en este caso es el testimonio notarial.
Copia auténtica, es la copia que emite el órgano que ha expedido el documento, fiel reproducción del original.
El notario solamente expide copias auténticas de los documentos que él mismo ha autorizado.
Sobre el testimonio notarial ( llamado aveces compulsa, porque el notario lo compara con el original) decir que:
Las fotocopias testimoniadas por Notario sí que son válidas. Tienen la consideración de documento público, según el artículo 144 del Reglamento Notarial aprobado por decreto 2 de junio de 1944.
El artículo 143 del reglamento Notarial establece que "La fe pública, debida a la actuación notarial según las disposiciones del presente título no podrá ser negada ni desvirtuada en los efectos que legal y reglamentariamente deba producir sin incurrir en responsabilidad."
El artículo 1218 del Código Civil establece que "Los documentos públicos hacen prueba, aun contra tercero del hecho que motiva su otorgamiento y de la fecha de éste. También harán prueba contra los contratantes y sus causahabientes, en cuanto a las declaraciones que en ellos hubiesen hecho los primeros." Esto quiere decir que no se pone en duda ni la fecha en que se hizo el testimonio ni su contenido (ser copia fiel y exacta del documento original).

Por lo expuesto, lo que dice ODIEL es verdad, aparte que el órgano expedidor de los documentos tanto puede compulsar, como extender copia auténtica de los mismos.

:brindis::brindis::brindis:

Tatatoa 01-05-2011 00:12

Re: Valen las fotocopias ?
 
yo llevo unas fotocopias a color, y tengo un verdadero problema para distinguir a simple vista cual es el original y cual la copia.
Por tanto, fotocopia a color de todo en el barco y los originales en casa.
Si me piden la documentación, sin abrir boca la enseño, si me dicen que son fotocopias (cosa que dudo bastante que se den cuenta de ello), pues afirmativamente, los originales estan en casa por si se pierden en el barco.
Supogongo que a las malas me levantaran acta y me convocaran para llevar los originales en un plazo determinado.
:brindis::brindis:


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