La Taberna del Puerto

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leyenda nautica 12-06-2011 12:44

I.t.b.
 
saludos y cerrvezas para todos.

¿alguien sabe que plazo hay para pasar la ITB una vez que la anterior ha caducado?.

:brindis:

Pámpano 12-06-2011 18:20

Re: I.t.b.
 
Caducada la ITB, caducado el Permiso de Navegación, ahora tomate el tiempo que quieras, pero si el barco está en el agua, estás totalmente expuesto a la correspondiente denuncia.
Así que mejor no dejarla caducar, o hacerlo en el varadero.

Saludos.

leyenda nautica 13-06-2011 16:52

Re: I.t.b.
 
muchas gracias, entiendo que incluso en el pantalan te pueden enchufar.

churri 13-06-2011 17:09

Re: I.t.b.
 
No estoy de acuerdo, yo he tenido el barco a flote durante un año sin ITB en periodo de restauración y estoy seguro que nadie puede denunciarme por ello. Otra cosa es salir a navegar.

:brindis:

woqr 13-06-2011 17:36

Re: I.t.b.
 
Cita:

Originalmente publicado por Pámpano (Mensaje 1076833)
Caducada la ITB, caducado el Permiso de Navegación, ahora tomate el tiempo que quieras, pero si el barco está en el agua, estás totalmente expuesto a la correspondiente denuncia.
Así que mejor no dejarla caducar, o hacerlo en el varadero.

Saludos.


perdón por la pregunta, pero si no tienes ITB no te dan el permiso de navegación ??

es que yo tengo el permiso de navegación hasta el 2013, pero no encuentro la ITB por ninguna parte.

churri 13-06-2011 17:51

Re: I.t.b.
 
Cita:

Originalmente publicado por woqr (Mensaje 1077426)
perdón por la pregunta, pero si no tienes ITB no te dan el permiso de navegación ??

es que yo tengo el permiso de navegación hasta el 2013, pero no encuentro la ITB por ninguna parte.

Buena pregunta:nosabo:

Esta semana te contesto, porque tengo un sucedido muy interesante, resulta que por un defecto de forma en la firma de la ITB, el Jefe de la Inspección de Capitanía se niega a firmar Permiso de navegación, solución:
- Le firmo el permiso de navegación caducado (sustituye al Libro) y usted va al Inspector de ITB a que le firme de nuevo.
Mi pregunta fué ¿no tengo que volver para nada?. No, no para nada.

Con esto quiero decir que en tu Permiso de navegación debería aparecer la ITB, la firma, no el informe. El informe no es obligatorio ni tenerlo ni llevarlo. Aunque la GC lo pide sin descanso.
En cualquier caso, la fecha de la ITB debe constar en Capitanía a quien le puedes pedir una copia por perdida del Permiso de Navegación.

Papeles tengas y los pierdas dice el refrán gitano.
:brindis:

Pámpano 13-06-2011 18:50

Re: I.t.b.
 
Hace tres años que pasé la ultima ITB y no te daban justificante de la misma. Este se lo quedaba Capitania y te expedia el permiso de navegación.

Saludos.

e_u_o_ar 13-06-2011 20:37

Re: I.t.b.
 
Cita:

Originalmente publicado por Pámpano (Mensaje 1076833)
Caducada la ITB, caducado el Permiso de Navegación, ahora tomate el tiempo que quieras, pero si el barco está en el agua, estás totalmente expuesto a la correspondiente denuncia.
Así que mejor no dejarla caducar, o hacerlo en el varadero.

Saludos.

No creo que te puedan denunciar por tener la ITB caducada si el barco está amarrado en el pantalán, sin que salga a navegar fuera del puerto.

Sería como si te multaran por tener la ITV caducada estando el coche estacionado dentro de tu garaje, sin salir a la calle.

Saludos
:brindis:

woqr 15-06-2011 17:30

Re: I.t.b.
 
Cita:

Originalmente publicado por churri (Mensaje 1077438)
Buena pregunta:nosabo:

Esta semana te contesto, porque tengo un sucedido muy interesante, resulta que por un defecto de forma en la firma de la ITB, el Jefe de la Inspección de Capitanía se niega a firmar Permiso de navegación, solución:
- Le firmo el permiso de navegación caducado (sustituye al Libro) y usted va al Inspector de ITB a que le firme de nuevo.
Mi pregunta fué ¿no tengo que volver para nada?. No, no para nada.

Con esto quiero decir que en tu Permiso de navegación debería aparecer la ITB, la firma, no el informe. El informe no es obligatorio ni tenerlo ni llevarlo. Aunque la GC lo pide sin descanso.
En cualquier caso, la fecha de la ITB debe constar en Capitanía a quien le puedes pedir una copia por perdida del Permiso de Navegación.

Papeles tengas y los pierdas dice el refrán gitano.
:brindis:

OK gracias, porque el papelo del barco jamas lo he entendido.

Solo se que tengo el permiso de navegación apto hasta el 2013, pero no tengo ni idea de si mi barco ha pasado o no la ITB !!

ya me contarás si estoy en regla o no !!
:brindis:

John river 15-06-2011 18:57

Re: I.t.b.
 
Hola wogr y demás cofrades.

Creo que estáis confundiendo "los papeles". El barco debería llevar dos documentos, el PERMISO DE NAVEGACIÓN y el CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD. El que está relacionado con las ITBs el el certificado de navegabilidad, que tiene unas casillas donde firman y sellan los inspectores de la ITB, cuando lo pasan. Si está en vigor, o está sin caducidad (por ser menor de 6 m), no tienes que preocuparte.

El permiso de navegación es un documento más administrativo. Para dártelo, cuando te lo dan, el otro tiene que estar en vigor, pero su caducidad no tiene porqué coincidir con la del certificado.

No se si me he explicado bien: CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD caducado, tienes que pasar ITB. PERMISO DE NAVEGACIÓN CADUCADO, tienes que ir a Capitanía a renovarlo, con el certificado de navegabilidad en vigor.

Por otro lado, respecto del plazo, NO HAY PLAZO. Una vez caducado, tienes que renovarlo. Y respecto a que te sancionen con los documentos caducados, si no estás navegando, creo que no te pueden sancionar.

:brindis::brindis:

woqr 21-06-2011 11:03

Re: I.t.b.
 
Cita:

Originalmente publicado por John river (Mensaje 1079027)
Hola wogr y demás cofrades.

Creo que estáis confundiendo "los papeles". El barco debería llevar dos documentos, el PERMISO DE NAVEGACIÓN y el CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD. El que está relacionado con las ITBs el el certificado de navegabilidad, que tiene unas casillas donde firman y sellan los inspectores de la ITB, cuando lo pasan. Si está en vigor, o está sin caducidad (por ser menor de 6 m), no tienes que preocuparte.

El permiso de navegación es un documento más administrativo. Para dártelo, cuando te lo dan, el otro tiene que estar en vigor, pero su caducidad no tiene porqué coincidir con la del certificado.

No se si me he explicado bien: CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD caducado, tienes que pasar ITB. PERMISO DE NAVEGACIÓN CADUCADO, tienes que ir a Capitanía a renovarlo, con el certificado de navegabilidad en vigor.

Por otro lado, respecto del plazo, NO HAY PLAZO. Una vez caducado, tienes que renovarlo. Y respecto a que te sancionen con los documentos caducados, si no estás navegando, creo que no te pueden sancionar.

:brindis::brindis:

Muchas gracias por la aclaración (por fin lo tengo claro).

Ahora la pregunta es: cuando caduca el CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD, y cuanto cuesta pasar la ITB (en caso de haber caducado el Certificado).

gracias

Gida-Jor 21-06-2011 11:26

Re: I.t.b.
 
Cita:

Originalmente publicado por woqr (Mensaje 1082775)
Muchas gracias por la aclaración (por fin lo tengo claro).

Ahora la pregunta es: cuando caduca el CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD, y cuanto cuesta pasar la ITB (en caso de haber caducado el Certificado).

gracias

El Certificado de Navegabilidad caduca a los 5 años.
En referencia a cuanto cuesta pasar la ITB dependerá del inspector. Si miras en el buscador, había un hilo que hablaba de precios y de algún que otro cofrade que los hacía.
:brindis:
Salut.

woqr 21-06-2011 17:17

Re: I.t.b.
 
Cita:

Originalmente publicado por Gida-Jor (Mensaje 1082795)
El Certificado de Navegabilidad caduca a los 5 años.
En referencia a cuanto cuesta pasar la ITB dependerá del inspector. Si miras en el buscador, había un hilo que hablaba de precios y de algún que otro cofrade que los hacía.
:brindis:
Salut.

OK lo preguntaré de otro modo.

Como puedo saber si tento o no tengo Certificado de Navegabilidad ??

Tengo el PERMISO de NAVEGACiÓN con fecha de validez hasta el 2014, pero no tengo ni idea si tengo o no el CERTIFICADO de Navegación.

gracias

John river 21-06-2011 22:05

Re: I.t.b.
 
El CERTIFICADO DE NAVEGABILIDAD es un documento de una única hoja, con anverso y reverso, cuyo título es ese, certificado de navegabilidad. Si no lo tienes, pídeselo al propietario anterior, y si no aparece, vete a la Capitanía más próxima y pide un duplicado por extravío.
Una vez lo tengas, en el anverso tiene unas casillas donde se indican los reconocimientos realilzados y la caducidad.

Un saludo, :brindis::brindis:


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