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licencia federativa
Hola, tengo un velero (vela ligera) de 4.7 metros de eslora de autoconstrucción, y sin papeles de ningún tipo.
Visto como se está poniendo el tema de las multas me preguntaba si la licencia federativa sería suficiente para poder navegar tranquilo por la ría sin llevar nungún susto cuando me encuentre a los de verde. Aclaro que no participo en regatas, el velero no es de ninguna clase reconocida, solo navego por placer. Un saludo. |
Re: licencia federativa
Cita:
Te aconsejo que no navegues sin pápeles, la multa puede ser cuantiosa. la licencia federativa seria suficiente si tuvieras los demás papeles al dia, pero tal como lo planteas...NI PENSARLO! Un saludo y :brindis: |
Re: licencia federativa
Hola,
por la información que me han dado, la licencia federativa sólo te cubre en el momento de la regata. Para un vela ligera no hace falta más documentación que "algo" que pueda demostrar que el barco es tuyo, ya que tiene consideración de "artefacto flotante". Yo saqué un seguro anual con alguna cobertura más que un simple a terceros por unos 115 euros, por lo que pueda pasar. Tengo un vela ligera de 4,55m. Saludos:brindis: |
Re: licencia federativa
Hola:
Infórmate en Capitanía, tienes en la web mucha información. En general, documentación de que el barco es tuyo, como te han dicho, pero al menos declaración de medidas y formas. Lo del seguro es OBLIGATORIO sea lo que sea que flota y tiene propulsión. :pirata: |
Re: licencia federativa
Gracias por las respuestas.
La licencia federativa creo que también cubre los entrenamientos, esa era la idea, que estoy entrenando. El velero es de autoconstrucción, sé cuales son los pasos para legalizarlo, y antes de meterme en ese follón prefiero plantarle fuego al barco la noche de san juan. Antes de matricularlo me saldría más barato comprarme un pequeño velero cabinado tipo hunter europa o similar, y me daría más juego. Que es lo que pienso hacer el año que viene, pero de momento quería navegar en algo, que es lo que he estado haciendo hasta ahora, pero ves las multas que están poniendo últimamente (ver el post de multa por bengalas caducadas) y uno se lo piensa dos veces. Un saludo. |
Re: licencia federativa
ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por
la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. "Artículo 11. Exenciones. Para el gobierno de las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,03 kw. y de hasta 4 metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, no será preciso estar en posesión de las titulaciones enumeradas en el artículo 6, pero sólo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por la capitanía marítima. No obstante, no se podrán superar en momento alguno las limitaciones del título de patrón para navegación básica. Asimismo, no será necesario título alguno de los regulados en esta orden para la realización de las actividades de preparación y participación en competiciones oficiales, tanto de vela como de motonáutica." Yo diria que sin titulación se permite governar embarcaciones a vela hasta 5 metros, y en el caso de embarcaciones a motor hasta 4 metros y 11,03kw. :brindis: |
Re: licencia federativa
Knot: si el problema no es la titulación, de hecho tengo el per.
El problema es que como la embarcación es de autoconstrucción no tengo papeles de ningún tipo. Hasta ahora hacían la vista gorda con las embarcaciones de vela ligera, de hecho hasta ahora he navegado muchas veces por delante de la autoridad y no han dicho nada. El problema es el afán recaudatorio que les ha entrado últimamente, que hace que me plantee si vale la pena el riesgo de una multa. De ahí mi pregunta sobre la licencia federativa. Hay algunos posts donde se comenta esto mismo, pero son ya bastante antiguos. Un saludo. |
Re: licencia federativa
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Saludos y :brindis: |
Re: licencia federativa
Si de alguna forma puedes justificar que el velero es de competición, (es decir,que solo se usa para regatas, traslados y entrenamiento -con toda la amplitud que esto supone-) el RD 1435/2010 te exime de matriculación y registro. Creo que también está exento por ser un "artefacto flotante" al no tener propulsión mecánica.
Te aconsejo que le eches un cistazo a este RD. En cuanto al seguro no puedo decirte nada. :brindis: |
Re: licencia federativa
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Tu que entiendes por licencia federativa? El carnet de la Federacion de Vela? (yo entendí que te referías a la licencia federativa para el manejo de embarcaciones) :brindis: |
Re: licencia federativa
Sí, exacto me refiero a la licencia que dan las federaciones de vela, en mi caso sería: http://www.fgvela.com/gal/index.php.
Un saludo. |
Re: licencia federativa
Vale, entonces te referias a otra cosa...
Pues segun comentan, yo también recuerdo haber leido que si es para competición, entrenos y tal no hace falta matriculación ni nada de esto. Imagino que como dicen demostrar que es tuyo, si es autoconstruido imagino que ¿presentando facturas del material para construirlo o algo asi? No se si obtaras por esta vía, si sería también necesario disponer de número de vela y/o demostrar la participación en alguna regata.:nosabo: Si no es para competición (dices que es tu caso) mírate la ley que te han dicho: RD 1435/2010 (yo también te recomiendo su "lectura") :brindis: |
Re: licencia federativa
Hombre.pues casualmente sí tengo número de vela, ya que el mástil y las velas que uso son de un snipe.
Un saludo. |
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