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digdig 24-08-2011 09:55

Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
Buenos días,

voy a pasar unos días de vacaciones en Corcega y quería saber si voy a poder alquilar, sin problemas, embarcaciones de menos de 12 metros usando mi carnet del PER español.

Entiendo que con el PER puedes salir desde España y recorrer el Mediterraneo costeando con una embarcación de bandera española. Sin embargo, dudo que en Francia me alquilen un barco de bandera francesa sin antes solicitar una autorización a "Capìtanía Marítima". ¿Que experiencia teneis al respecto?

Mirando por detrás del Carnet del PER pone: "Valida para todo el Territorio del Estado Español según la orden FOM/3200/2007".

Analizando dicha orden encuentro dos disposiciones aplicables en España:
Disposición adicional quinta. Alquiler de embarcaciones de recreo españolas.

Las embarcaciones españolas de lista sexta, cuando vayan a ser alquiladas sin tripulación, se podrán alquilar a cualquier persona física en posesión de un título de los que figuran en la lista del anexo XII, con las limitaciones que para los mismos se indican en dicho anexo.

Entiendo que esta dispocisión convalida automáticamente los títulos franceses con los correspondientes españoles.
Disposición final tercera. Titulaciones extranjeras.

La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo, el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo, y hasta las atribuciones que éste le confiera, expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, en el caso de que éste último fuera distinto. En este último caso, el interesado deberá presentar la correspondiente acreditación de residencia.
Sin embargo, la segunda disposición habla de que para gobernar embarcaciones de pablelón español hay que solicitar una autorización a capitanía marítima. Es de suponer que quedan excluidos aquellos casos en los que exista un contrato de alquiler.


¿Sabeis como está el tema en Francia respecto al PER y al PNB?
Me gustaría conseguir una traducción de la legislación francesa al respecto y saber cual es el porcedimineto, si fuera necesario, para obtener una autorizacion de la capitanía marítima francesa.

Saludos,:brindis:
Anexo XII


popeye IV 24-08-2011 10:49

Re: Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
Hola Digdig.
Que yo sepa con el PER no vas a tener el mas minimo problema para alquilar el barco.

Que te lo pases muy bien por alli.:brindis:.

tato 24-08-2011 11:52

Re: Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
Buenos días:
Yo alquilé en Alemania sin problemas, pero a ver si algun otro cofrade lo puede confirmar.
Salud :brindis::brindis::brindis:

digdig 24-08-2011 13:40

Re: Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
Gracias por las resupuestas.
A una amiga que está viviendo alli con el PNB (el titulín) no le dejaron alquilar una zodiac porque en el anverso de la tarjeta pone que es "válido en el estado español" y que debería poner "valido en estado español e internacional".

El sentido común me dice que el problema es más por desconocimiento de la empresa de alquiler que por otra cosa. Entiendo que si en España existe normativa al respecto de las homologaciones de las diferentes titulaciones de la U.Europea se debe a alguna directiva europea que será de aplicación en todos los paises. Al menos a nivel de PER, quizas el PNB no tenga ese caracter europeo.

A ver si alguien aporta más luz y de paso nos recomienda caladeros cerca de Calvi (Córcega) y nos dice el nombre de alguna empresa de alquiles de barcos a buen precio.

:brindis:

Rascayus 24-08-2011 14:01

Re: Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
El PNB no es el "titulín". El títulín es una autorización federativa y el PNB es un título homologado.

digdig 24-08-2011 14:10

Re: Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
Cita:

Originalmente publicado por Rascayus (Mensaje 1117717)
El PNB no es el "titulín". El títulín es una autorización federativa y el PNB es un título homologado.

También es verdad, ella tiene el titulin no el PNB. De hecho yo le recogí la tarjeta y se la mande a Corcega cuando se la expedieron y recuerdo que ponía que ponía algo de la federación de motonautica o similar. No se porque pensaba que al final se habia sacado el PNB como yo le habia recomendado. Parece que no le está sirviendo de mucho el titulin.:borracho:

jiauka 24-08-2011 14:27

Re: Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
Para alquilar 1 velero en francia te basta y te sobra el carnet de conducir, y depende de la empresa ni eso.

Alkaid01 24-08-2011 14:33

Re: Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
Buenos dias DigDig,
Mira no tengo ni idea de como estan las normativas y convalidaciones pero si te puedo aportar mi experiencia de 10 años de PY alquilando y es: en Alemania lo he enseñado y como no lo entienden me han tenido que creer, en Croacia ni me lo pidieron en Italia todo Ok, pero ojo siempre puedes topar con un borde que diga que no aunque sea completamente legal, suerte.

IsladeMalta 24-08-2011 14:55

Re: Convalidación del PER y el PNB en Francia para alquilar embarcaciones
 
Hola,
Para alquilar un velero en Francia, en principio no hace falta ningún tipo de titulación, aunque sea muy recomendable traer credenciales tipo títulos o cursos. Hay cursos que preparan formalmente a la función de "chef de bord" (=patrón) o "chef de quart" (él que se responsabiliza del barco durante la guardia).
Se deja a la mera apreciación de la empresa arrendadora el valorar si el cliente es apto o no para la navegación. En caso que se crea que no, la empresa puede optar por varias soluciones, desde prestarle un patrón para las maniobras de atraque, hasta negarse por completo a alquilarle el barco.

Tened presente que aunque no sean legalmente exigibles, muchos navegantes franceses se apuntan a estos cursillos para precisamente poder acreditar sus capacidades en casos como éstos.

Para navegantes extranjeros en Francia, la empresa exigirá ciertamente la presentación del título oficial en el país en cuestión para comprobar que, por ejemplo, la eslora se corresponde con la titulación. En cuanto a millas de la costa, estarás limitado por la categoría de navegación de la embarcación alquilada y también por las limitaciones estipuladas por tu titulación española.

Sea como sea, al firmar el contrato y al embarcar, el cliente declara ser competente para responsabilizar al 100% de la embarcación y de sus pasajeros y así será frente a la empresa arrendadora, a la legislación francesa y la compañía aseguradora de la embarcación.

El contrato que firmes estipularás por cierto que te portes "como un buen padre de familia" (sic) en todas ocasiones.

Si miras la web de la empresa arrendadora, al pie de todo y en letra pequeña verás "conditions générales de location". Al clicar allí, verás todo lo referente a esta cuestión.

Como ejemplo, aquí tienes la de Moorings:
http://www.moorings.fr/files/ASSETS/PDFs/FC234.pdf

:brindis:


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