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Velero, con el PER a motor
Hola a todos. A ver si podeis solucionarme una duda.
Tengo el PER habilitado para motor, ya que no he hecho aun las prácticas de vela. ¿Puedo llevar un velero si lo llevo solo a motor? ¿O al ser la embarcacion de tipo velero necesito la habilitación para vela? Gracias. |
Re: Velero, con el PER a motor
:nop::llorica: Por ahí hay un hilo que hablaba del tema.
Creo recordar que quedaba claro que no se podía. Saludos. |
Re: Velero, con el PER a motor
Un velero a motor incluso con las velas puestas es un barco a motor, por lo que el velero a motor puedes llevarlo (lo que dudo es que puedas llevarlo con las velas puestas pues si te para la benemérita te dirá que ibas a vela y tu le dirás que ibas a motor y el dirá que ibas con las velas y que has puesto el motor en el momento que los has visto para intentar despistarles por lo que te multarán).
Lo del tipo velero no consta en ningún sitio, si vas con las velas guardadas y vas a motor, no tendrás problemas. Estoy del todo seguro y creo no equivocarme, de todas formas esperemos que algún otro corrobore mi respuesta, para estarlo tu también.:brindis: |
Re: Velero, con el PER a motor
Opino igual que Kriz.
:brindis::brindis: |
Re: Velero, con el PER a motor
Vale pues llego yo y rizo mas el rizo,,,, y si tenemos colocada la señal de velero a vela y a motor,,, osea el triangulito,,,¿entonces que? entiendo según el temario de PER que un velero a vela y a motor es un buque a propulsión mécanica........
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Re: Velero, con el PER a motor
Cita:
si no llevas vela pues tampoco esta muy clara la cosa:nosabo::brindis: |
Re: Velero, con el PER a motor
¿Sabes qué? Haz las prácticas de vela y se acabó el problema.
Saludos. :brindis: |
Re: Velero, con el PER a motor
Pues si eso eso es lo mejor, habilitaté a vela, sobre todo cuando te estás planteando llevar un velero a motor que todavía no entiendo muy bien para que pues si quiero ir a motor hay barcos más dinámicos que un velero. Un velero es para ir a vela.
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Re: Velero, con el PER a motor
Cita:
Evidentemente que si lo que se pretende, es navegar con veleros de forma habitual, lo conveniente es habilitar la vela en el PER,,, pero ¿y de forma ocasional? |
Re: Velero, con el PER a motor
Unas :brindis::brindis:, en fin la cuestión no es lo que creamos sino el como se aplican las leyes.
Si tengo que llevar un velero y no estoy habilitado, quitaría todas las velas y las guardaría debajo de la cubierta o las llevaría de forma que quedara claro que no las voy a usar solo el motor en esas condiciones estoy gobernando una embarcación a motor. Pero es mi opinión que como digo al final es el como el Servicio Maritimo entiende que dice la ley. Buena mar. |
Re: Velero, con el PER a motor
Yo no creo que sea necesario quitar las velas.
Si la guardia civil no te pilla navegando a vela (vas a motor) no te puede multar por llevar velas en el barco pues puede que tengas un motivo similar al que ha comentado nuestro amigo (hacer un favor, o transportar un barco). Es como conducir llevando whisky en el asiento del copiloto, si no das positivo no te pueden multar (si llevas marihuana si porque la tenencia es ilegal y es un delito). Teniendo PER puedes navegar al menos a motor y como comenté anteriormente un barco propulsado a motor es un barco a motor aunque sea un velero (si llevas las velas desplegadas pues también es motor si lo tienes funcionando pero por tu bien guardalás porque el benemerito no es probable que lo entienda o quiera entender).:brindis: |
Re: Velero, con el PER a motor
Hola a todos, gracias por vuestras respuestas.
Mi duda era también a la hora de alquilar un barco. Hay veces que solo hay veleros y no sabia si con el PER solo de motor, me lo alquilarian. Mi idea es sacarme tambien la habilitacion de vela, pero ahora no me viene bien. Saludos. |
Re: Velero, con el PER a motor
Estimados cofrades, saludos y :brindis:
La respuesta es NO, no puedes llevar un barco cuyo "motor" habitual sean las velas, porque no estás habilitado. Estais confundiendo el R.I.P.A. con la definición de las titulaciones. Ahora no tengo a mano, ni recuerdo en que B.O.E. sale la definición de las titulaciones, pero hay bastantes hilos en que se ha tratado. Otro saludo y más :brindis: |
Re: Velero, con el PER a motor
No te voy a discutir lo que has dicho porque es posible que yo realmente esté confundiendo el RIPA con la legislación (sigo sin estar seguro y me has creado la duda:nosabo:), pero por favor sácanos de dudas y encuentra el dichoso BOE y nos lo pasas para que salgamos todos de dudas (a mi la verdad es que me da igual pues si estoy habilitado a vela, pero a nuestro amigo parece interesarle y puede serle necesario).
:brindis: |
Re: Velero, con el PER a motor
Estimados Cofrades, saludos y :brindis:
ORDEN FOM/3200/2007, publicada en el BOE 264 de 3 de noviembre de 2007. La definición del tipo de barco está en los primeros artículos de la Orden Otro saludo y más :brindis: |
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