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Se me pasa la ITB
Buenas y unas rondas para todos :brindis::brindis:
En quince dias me caduca la ITB y lo tengo muy complicado para llegar a tiempo de pasarla, mi pregunta es: Podria retrasar la inspección unos quince o veinte días sin mayores consecuencias que las de no navegar durante esos días o puedo tener problemas administrativos o algún tipo de recargo o Dios sabe que??:confused::confused: Un saludo y graciassss |
Re: Se me pasa la ITB
Puedes retrasarla todo el tiempo que quieras. No tendrás problemas ni recargos ni ná de ná. :nop:
Pero no se te ocurra navegar sin haberla pasado. Pueden ponerte un mutazo de hasta 3.000 pavetes. :calavera: |
Re: Se me pasa la ITB
No tienes más problema que el de no navegar (legalmente) hasta que no la tengas.
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Re: Se me pasa la ITB
Cita:
Pero te recomiendo que procures evitar navegar sin itb. |
Re: Se me pasa la ITB
Según la legislación, te caducará el Certificado de Navegabilidad y eso implica que deberás pasar de nuevo un reconocimiento inicial, como si la embarcación no estuviera homologada. :calavera:
Solicita ya pasar la ITB...! Tienes 15 días. :brindis: |
Re: Se me pasa la ITB
Puedes pasar la inspección a flote, de esta forma tienes un plazo mayor ( no se si uno o dos meses) hasta pasar la inspección en seco.
Yo lo hice así porque tuve que esperar plaza en el varadero. En cualquier caso te recomiendo que llames al inspector que te la vaya a hacer por telefono y te dará una alternativa seguro, como me pasó a mi. Y yo creo como Iñaki que si te caduca luego puede ser un lio, mejor busca una alternativa, aunque no dices si es porque el barco no está preparado, no tienes tienpo o por que. :brindis: |
Re: Se me pasa la ITB
Cita:
Cita:
El único problema que puedes tener es si te paran y no la tienes, la consabida multa. Ya no existe plazo de carencia, ni 15, ni 10 ni 5 días, cuando caduca a caducado. |
Re: Se me pasa la ITB
Mírate el artículo 4 del Real decreto 1434/1999 de 10 de septiembre...
Artículo 4. Certificado de navegabilidad. 1. El cumplimiento de la embarcación con las condiciones reguladas en este Real Decreto se acreditará mediante la presentación del Certificado de navegabilidad, en donde constará la realización de los reconocimientos reglamentarios, la clase de reconocimiento efectuado y la fecha de los próximos reconocimientos. La no realización o superación de dichos reconocimientos en los plazos establecidos supondrá la caducidad del Certificado de navegabilidad. 2. ... 3. El Certificado de navegabilidad deberá llevarse siempre a bordo. Caso de ser requerido por las autoridades competentes y no encontrarse dicho Certificado a bordo, se dispondrá del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del requerimiento, para justificar ante las mismas la existencia y vigencia del Certificado en la fecha en que se efectuó el requerimiento. 4. Los propietarios de las embarcaciones de recreo serán responsables del mantenimiento al día de los Certificados de navegabilidad. 5. La navegación con dicho Certificado caducado, o careciendo del mismo, será considerada como infracción grave, y sancionada de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo IV de este Real Decreto. :brindis: |
Re: Se me pasa la ITB
Cita:
Existen modificaciones el 5 de noviembre. Es más, en este año se actualizó 7 veces. Pero vamos no voy a ponerme a sacar toda legislación. Lo que digo es por conocimiento de causa. |
Re: Se me pasa la ITB
Yo la pase este año. La demoré un mes y medio desde la fecha en que me había caducado. Minetras no salgas a navegar no pasa nada, lo malo es si el barco sufre un siniestro en puerto, los seguors se suelen lavar las manos si no está pasada la ITB, de todas formas , esto es algo muy poco probable.
Suerte:brindis: |
Re: Se me pasa la ITB
Yo he pasado barcos con la ITB caducadiiiiiiiiiiiiiiisima (2 años) y sin ningun problema, hemos tenido barcos en venta con el certificado caducado y se ha esperado para hacerlo una vez vendido
SALUT:brindis::brindis: |
Re: Se me pasa la ITB
Cita:
Ok, pues! Así lo espero. No sea que le digamos al cofrade algo que le perjudique. :brindis: |
Re: Se me pasa la ITB
:brindis:carajillos para todos.
Pasa la revision cuando quieras lo importante es que no te pillen navegando. Una vez lo pase con casi dos años de retraso sin problemas. El riesgo es que navegues y te pare la guardia civil.:D |
Re: Se me pasa la ITB
Cita:
Me imagino que de aquí a nada volverán a cambiar algo, es todo cuestión de recaudar, cada canje de certificado hay que pagar tasas. No obstante no es recomendable navegar sin itb, se puede tener problema hasta con el seguro en caso de siniestro. |
Re: Se me pasa la ITB
También hay quien ha sido multado por estar FONDEADO (si, has leído bien, no estaba navegando) con la ITB caducada.
:brindis::brindis::brindis: |
Re: Se me pasa la ITB
Cita:
A todas se considera que el barco está navegando cuando no se encuentra atracado. (fondeado es igual a navegando, en los términos que nos aplican para multar) Y cuidado que nos queda poco para que incluso estando atracado puedan multarnos por no tener itb. |
Re: Se me pasa la ITB
En otro post (http://foro.latabernadelpuerto.com/n...eply&p=1024909) se comentaba que en el caso de que te vayas a dar la vuelta al mundo unos años sin haber puesto al día los papeles y vuelvas con el barco tendrías muchos problemas y deberías volver a pagar dinero como siempre :cagoento: (el 12% del valor del barco).
Cita:
¿Esto es verdad o ya no pasa? Gracias! Saludos y :brindis: |
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