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Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
<FONT size=1>Hola me quiero comprar un barco que pertenecio al ejercito de eeuu de los años 40
el caso es que me lo pienso a traer para explotarlo aqui para el transporte de pasajeros en plan turismo y me da igual abanderar en españa o en inglaterra ya que tengo residencia en los 2 lados y me puedo empadronar en cualquiera de ellas Mi pregunta es ¿donde me podran mas pegas en España o en Inglaterra? aqui en España ¿me obligaran a hacerlo insumergible? ¿y en Inglaterra? Agradeceria mucho vuestras respuestas ya que segun la conclusion que saque asi voy a hacerfunction msghref(nMsg) { document.write(' |
Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Si el barco se va a dedicar a un negocio en aguas españolas, tienes que abanderarlo con todos los requisitos (papeleo, seguridad, impuestos, etc.) que ello conlleva
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Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Seguro que en España hay más papeleo que en Inglaterra. Hay conversaciones en la taberna sobre abanderamiento, seguro que las encuentras utilizando el buscador...
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Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Cita:
Pero lo primero es ver si puedes hacer un negocio en España sin matricularlo. Por tanto, matizo mi email anterior: tienes que abanderar salvo que no se te note el negocio y pueda colar cuando te pare la guardia civil que los que van son unos amigos. Si explicas mas el detalle del negocio te podran aconsejar mejor. :brindis: |
Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Antes que nada gracias por vuestras respuestas, y una cosa ¿es que no puedo trabajar con bandera inglesa legalmente aqui en España?
Tengo entendido que si doy de alta la empresa en inglaterra ¿no hay problema no? ¿o solo puedo trabajar en España con bandera Española? |
Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Cita:
en algun otro hilo que se habla de navegar con bandera holandesa y que esta activo ultimamente he citado el articulo de la ley de impuestos especiales (disposicion adicional primera) que lo establece: habla de que sea residente o tenga establecimiento en españa. :brindis: |
Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Cita:
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Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Como embarcacion de pasaje ,`pero sigo sin entender lo de la bandera ya que hay barcos de bandera extranjera trabajando en España legalmente y barcos Españoles que hacen la campaña en las islas virgenes francesas totalmente legal .
Por ejemplo en la zona de Malaga trabajaba un velero sueco el Amorina, y en Fuengirola hay un catamaran tipo golondrina con bandera francesa. Son totalmente legales ¿por que yo nopuedo tener un barco con bandera inglesa y trabajar en España? no lo entiendo o no os he entendido bien |
Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Si hablas de una embarcación de pasaje , debera cumplir seguramente el convenio SOLAS y su tripulación el STCW.
No creo que este sea el mejor Foro para tu consulta, deberias plantearlo en un foro profesional, por ejemplo www.webmar.com :brindis: |
Re: Mede ,mede, Consejo Para Abanderar Un Barco
Cita:
No se si es que en Malaga y Fuengirola hay mucha vista gorda mientras que en otros sitios nos crujen aplicando la ley con todo su rigor. Si es asi, no es que sea legal lo que hacen, es que nadie les dice nada por el motivo que sea (amigos en la GC, permisividad general en la zona, etc.). La ley es muy clara: Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. Disposiciones Adicionales. Primera. Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España. :brindis: |
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