La Taberna del Puerto

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Barbarossa 04-07-2012 22:08

Navegar con PER para motor en velero
 
Me gustaría saber si se puede navegar con el PER autorizado únicamente para motor en un velero siempre y cuándo se navegue únicamente a motor.

NEFTA 04-07-2012 22:30

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Sin ningun problema, sin velas es un barco de traccion mecanica, pierde sus preferencias y su iluminacion nocturna ha de ser la de motor
SALUT:brindis::brindis:

nalari 04-07-2012 23:12

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Yo tengo mis dudas. Soy el primero que lo ve una tontería y un sacadineros, pero en la academia náutica me dejaron bien claro que no servia de nada estar federado, ningún certificado de la Fede, nada de nada, que para subirme en un barco que tenga palo, había que tener Per. Habilitado para vela. Así que hice un pedrosa:cunao:Y arreglado

truhan 04-07-2012 23:17

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Un velero que navega a motor es un buque de propulsión mecánica.
Si tienes el PER solo para motor y navegas en esas condiciones nadie puede decirte nada.:brindis:

nalari 04-07-2012 23:19

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Jooooder otro que opina lo mismo que nefta, eo es lo que opino yo. No se como me deje convencer de las practicas de vela, si es así, me engañaron en la academia.

mazarredo 04-07-2012 23:24

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Estimados Cofrades, saludos y :brindis:

NO, lo siento, un barco con velas, para las atribuciones del Título es un velero y por lo tanto, no puedes patronearlo con un título de motor.

Estais confundiendo el R.I.P.A. con el Real Decreto que rige las atribuciones.

En otros hilos, he puesto cual es el B.O.E. donde lo dice.

Otro saludo y más :brindis:

jonri 04-07-2012 23:46

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Como bien dicen varios cofrades, un velero es siempre un velero, navegue a vela o motor, con lo que para navegar de patrón hay que tener la habilitación de vela. Otro cosa son las preferencia y luces que tiene que llevar si está navegando a motor a vela o fondeado.
Un saludo

bentevexo 05-07-2012 00:23

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Pues yo creo que un velero a motor y sin velas es un tractor. Creo que puede navegar perfectamente. Yo la prácticas de motor las hice en un bavaria sin velas.

J.R. 05-07-2012 00:31

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Yo también hice las prácticas de vela y de motor en el mismo barco, el "Siesta" (el primer "Fortuna Lights" de la Withbread).

Alvator 05-07-2012 01:17

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Hola a todos, esto pone en mi tarjeta de PER - EMBARCACIONES A MOTOR, otorgada por la DGMM : "ATRIBUCIONES : Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros....." donde esta la duda?
Mi duda esta en que porque puedo gobernar embarcaciones de 11,99 m y no una de 12,01 m ? y de que eslora? la de flotación? la total? o cualquier otra?
saludos

Tatatoa 05-07-2012 01:47

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Esto parece al hilo ¿se puede ir a las islas con el per?.

Un velero, tiene la propulsión de motor como auxiliar, y su motor principal es el viento. Luego se supone que si lleva todo el aparejo para poder navegar con viento si se va a motor es un "accidente", tienes que estar habilitado a vela.

Es que si no, para que tomas un velero sin titulación que te habilite. Compra directamente una motora.

Una empresa de charter de veleros, JAMAS, en su sano juicio, alquilaría su velero a un per sin estar habilitado a vela, por mucho que diga que solo va a navegar a motor.

:brindis:

Galeon de Manila 05-07-2012 02:56

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por Alvator (Mensaje 1324689)
Mi duda esta en que porque puedo gobernar embarcaciones de 11,99 m y no una de 12,01 m ? y de que eslora? la de flotación? la total? o cualquier otra?
saludos

Porque con el carnet de conducir B puedes conducir vehiculos de 3499 kilogramos de peso total autorizado y no de 3501 ???
pues es lo mismo.

:brindis:

mazarredo 05-07-2012 10:23

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Estimados Cofrades, saludos y :brindis:

Este tema sale cada cierto tiempo, a ver si este es el último.


ORDEN FOM/3200/2007, publicada en el BOE 264 de 3 de noviembre de 2007.

La definición del tipo de barco está en los primeros artículos de la Orden.

y esta orden no tiene nada que ver con el R.I.P.A.

Otro saludo y más :brindis::brindis:

doctormaligno 05-07-2012 14:38

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Como poder puedes, el problema es si la autoridad competente te da el alto.:brindis::cunao:

bentevexo 05-07-2012 16:20

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por Tatatoa (Mensaje 1324700)
Esto parece al hilo ¿se puede ir a las islas con el per?.

Un velero, tiene la propulsión de motor como auxiliar, y su motor principal es el viento. Luego se supone que si lleva todo el aparejo para poder navegar con viento si se va a motor es un "accidente", tienes que estar habilitado a vela.

Es que si no, para que tomas un velero sin titulación que te habilite. Compra directamente una motora.

Una empresa de charter de veleros, JAMAS, en su sano juicio, alquilaría su velero a un per sin estar habilitado a vela, por mucho que diga que solo va a navegar a motor.

:brindis:


Y si tienes un motovelero? :eek:

Flying Dutchman 05-07-2012 17:26

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Bueno, yo transcribo lo que me dijo mi profesor de Per.
Un buque a motor, es un buque de propulsion mecanica.
En el certificado de navegabilidad de mi Aquila, pone:
Propulsion: Yanmar......
Y en la definicion pone Motovelero.
Su propulsion principal es el motor.
Es mas, consultado en Capitania.
Si navegas a vela y llevas el motor con avante, estas navegando a motor, y para ello debes señalizar qu vas a motor y a vela, con un cono invertido en la proa, pero tu propulsion es mecanica.

NEFTA 05-07-2012 18:28

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por doctormaligno (Mensaje 1324941)
Como poder puedes, el problema es si la autoridad competente te da el alto.:brindis::cunao:

No le diran absolutamente nada por no llevar titulo para vela si va a motor
Si vas con un velero sin mastil hace falta titulo de vela?
Somos mas tontos que cipote
SALUT:brindis::brindis:

Itaca2 05-07-2012 18:52

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por mazarredo (Mensaje 1324771)
Estimados Cofrades, saludos y :brindis:

Este tema sale cada cierto tiempo, a ver si este es el último.


ORDEN FOM/3200/2007, publicada en el BOE 264 de 3 de noviembre de 2007.

La definición del tipo de barco está en los primeros artículos de la Orden.

y esta orden no tiene nada que ver con el R.I.P.A.

Otro saludo y más :brindis::brindis:

ART 1.6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión.

Por lo tanto un velero es una embarcación a vela, independientemente de si va a vela, motor, remo o al pairo. Por lo tanto hay que tener la habilitación correspondiente para vela


Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17.

Artículo 17. Prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a veinte horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV. Para la obtención del título de patrón para navegación básica, habilitado a vela, podrá realizarse indistintamente la práctica anterior, o una práctica específica de ocho horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV.

:brindis:

Itaca2 05-07-2012 19:00

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por NEFTA (Mensaje 1325090)
No le diran absolutamente nada por no llevar titulo para vela si va a motor
Si vas con un velero sin mastil hace falta titulo de vela?
Somos mas tontos que cipote
SALUT:brindis::brindis:

Si nos ponemos finos, el art 8 pone ... "Patrón de yate:
A) Atribuciones: gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 20 metros de eslora, para la navegación ...
".

Entonces ¿si estamos sin gobierno... no hace falta titulación?

:brindis:

martinsabo 05-07-2012 19:01

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por Itaca2 (Mensaje 1325112)
ART 1.6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión.

Por lo tanto un velero es una embarcación a vela, independientemente de si va a vela, motor, remo o al pairo. Por lo tanto hay que tener la habilitación correspondiente para vela


Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17.

Artículo 17. Prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a veinte horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV. Para la obtención del título de patrón para navegación básica, habilitado a vela, podrá realizarse indistintamente la práctica anterior, o una práctica específica de ocho horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV.

:brindis:

A ver Itaca creo que esta haciendo una interpretación errónea y torticera del BOE y del comentario del compañero Mazarredo. Además es posible que el funcionario que escribio el BOE ese día estuviese borracho o drogado, vete tu a saber. ¿Tienes alguna prueba de que esto no era así?
Yo tengo un primo que su cuñado que es bedel en el ministerio de defensa le dijo que se podía. :brindis:

Itaca2 05-07-2012 19:23

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por martinsabo (Mensaje 1325120)
A ver Itaca creo que esta haciendo una interpretación errónea y torticera del BOE y del comentario del compañero Mazarredo. Además es posible que el funcionario que escribio el BOE ese día estuviese borracho o drogado, vete tu a saber. ¿Tienes alguna prueba de que esto no era así?
Yo tengo un primo que su cuñado que es bedel en el ministerio de defensa le dijo que se podía. :brindis:

Aunque esté borarcho, drogado o tenga un brote psicótico, lo publicado en el BOE va a misa :cunao:

Flying Dutchman 05-07-2012 22:48

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por Itaca2 (Mensaje 1325112)
ART 1.6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión.

Por lo tanto un velero es una embarcación a vela, independientemente de si va a vela, motor, remo o al pairo. Por lo tanto hay que tener la habilitación correspondiente para vela


Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17.

Artículo 17. Prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela.
Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a veinte horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV. Para la obtención del título de patrón para navegación básica, habilitado a vela, podrá realizarse indistintamente la práctica anterior, o una práctica específica de ocho horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV.

:brindis:

Leed lo que pone en vuestro certificado de navegabilidad, en el mio, un jeanneau Aquila de 28 pies, pone que el tipo de embarcacion es MOTOVELERO y en la mayoria de barcos de vela dotados de motor, pone que el tipo de embarcacion es MOTOVELERO.
Yo puedo llevar mi barco con el PER de motor si voy a motor.

Tatatoa 06-07-2012 00:28

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
yo como voy en un motovelero, voy a ver si cuela poner gasoleo de ese que ponen los pescadores que es mucho más barato, y como a ellos les va bien, seguro que a mi barco tambien le va bien.

S fuera tan sencillo, para que puñetas han sacado la habilitación a vela.

Sales en tu barco a motor del puerto, miras al horizonte y no ves a nadie, sacas las velas y a navegar........, total despues las guardas y vuelves al puerto a motor, siempre cumples......

Las leyes y reglamentos están para cumplirlos, si no como decía aquel cofrade, que puede ir en un yate de más de 20 metros "sin gobierno", ya que su titutulo solo le habilita para gobernar embarcaciones de ......

Nada.... mi barco se ha vuelto ingobernable.... no tengo problemas de titulación.


:brindis:

coronadobx 06-07-2012 00:32

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Por Dios la que se ha liado!!!!!! Por favor sacate la habiltacion a vela y en paz que ya que tienes el titulo es una pena no tenerlo y ademas queda muy bonito en la tarjeta!:borracho::borracho::borracho::borracho::v elero::velero:Coronadobx

bentevexo 06-07-2012 01:03

Re: Navegar con PER para motor en velero
 
Cita:

Originalmente publicado por Tatatoa (Mensaje 1325297)
yo como voy en un motovelero, voy a ver si cuela poner gasoleo de ese que ponen los pescadores que es mucho más barato, y como a ellos les va bien, seguro que a mi barco tambien le va bien.

S fuera tan sencillo, para que puñetas han sacado la habilitación a vela.

Sales en tu barco a motor del puerto, miras al horizonte y no ves a nadie, sacas las velas y a navegar........, total despues las guardas y vuelves al puerto a motor, siempre cumples......

Las leyes y reglamentos están para cumplirlos, si no como decía aquel cofrade, que puede ir en un yate de más de 20 metros "sin gobierno", ya que su titutulo solo le habilita para gobernar embarcaciones de ......

Nada.... mi barco se ha vuelto ingobernable.... no tengo problemas de titulación.


:brindis:

No estamos hablando de hacer trampas, no hay por qué sacar la vela, tu navegas a motor y ya está, que diferencia hay en navegar a motor con un barco que tiene un palo a otro que no lo tiene? :nosabo: y las chalupas que se usan para el calamar que llevan una latina para aproarse al viento necesitan la habilitación para vela? por dios, estáis equivocados, mintras no uses las velas puedes navegar sin problemas (apuestas :cunao:) y ya por último, las prácticas de vela (yo las hice) no sirven ABSOLUTAMENTE PARA NADA :brindis:


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