"Cuando se trate de equipos portátiles, respondedores de radar, receptores, sondas, u otros equipos no obligatorios con potencias inferiores a 25 vatios, será suficiente la presentación de la factura de compra y su provisión a bordo no requerirá la certificación de ninguna empresa instaladora."
Si el equipo lleva DSC no entra en ninguno de esos supuestos siendo obligatorio comunicar su instalación y en consecuencia no llega con presentar la factura sino que hay que tener el certificado por un instalador autorizado... Yo lo entendía como dices tu, pero por lo que se ve hay que leerlo de esa manera.
Además, e independientemente de lo que se pueda interpretar, los he llamado más tarde después de haberle leido y releido el real decreto, y nada, que no hay más vueltas que darle, sin el certificado de instalación no hay MMSI... si la radio no tuviera DSC (por lo que no hay que sacar el MMSI) con presentar la factura de compra ya estaría todo resuelto. De hecho, con la LEB no hay ninguna pega y tanto la radio como el gps ya figuran como equipamiento del barco.
Saludos
