Cita:
Originalmente publicado por Eirín
por ejemplo, en un puerto como patrón, se entiende que lo estás destinando a tu uso particular y entonces te obligan a devolver el impuesto mas la multa etc.
Saludos.
Eirín.
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Siempre he tenido una duda sobre esto, ¿no es posible que estes yendo a buscar a clientes a otro puerto y todavia no se ha firmado el contrato, dado que aun no los has recogido? es una situación probable, no? ¿o siempre tienen que enbarcar en el puerto base?
Tema interesante...

