Cita:
Originalmente publicado por galinbo
Siempre he tenido una duda sobre esto, ¿no es posible que estes yendo a buscar a clientes a otro puerto y todavia no se ha firmado el contrato, dado que aun no los has recogido? es una situación probable, no? ¿o siempre tienen que enbarcar en el puerto base?
Tema interesante...
 
|
Galinbo, la situación es la siguiente, y te hablo por experiencia propia:
La inspección de la Agencia Tributaria pide a los puertos el listado con las estancias de las embarcaciones de lista 7ª.En la entrada que firmas en el puerto tienes que poner no solo tu nombre y condicion de patrón, sino tambien los nombres de los tripulantes.Luego cruzan los datos entre los armadores, o los socios o administradores de las sociedades propietarias de los barcos, con los nombres de los patrones.Y así te pillan

.
Si tienes el puerto base en Alicante, por ejemplo,¿que hacías patroneando tu barco en el puerto de la Sabina en Formentera el sábado dia xxxxx?
Luego te requieren para que lo expliques y tendrás que demostrar que en realidad el barco estaba alquilado,aportando el contrato, y que tu les acompañabas o hacías de patrón con otros de los arrendatarios...etc
Si como tu dices, estabas desplazándote a otro puerto para recoger a los arrendatarios,entonces no puedes llevar tripulación contigo, y si la llevas lo tienes que declarar en la capitanía del puerto donde atraques.Luego está también el día,enfín...hay que tener mucho cuidado y hacerlo bien...o no hacerlo, claro.
Saludos.
Eirín.