Cita:
Originalmente publicado por MIKY
Perdona que te corrija Tatatoa, creo que lo que prescribe al cabo de 4 años es el Iva, pero el impuesto de matriculacion deberas pagarlos cuando lo pases a 7ª, esos segun la tablas de valoracion de hacienda.
Creo que ahora estan realizando estas inspecciones porque estan a punto de quitar el impuesto ya que no se si sabeis que somos el unico pais de la CEE que tenemos este pago y España esta siendo multada cada año por ello, pero a estos señores de la administracion les sale mas a cuenta ir pagando las multas y por el otro lado aplicar el IEM tanto en barcos como en coches, pero les queda poco............
Unas birras para celebrar la abolicion de este atraco encubierto 
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Cuando cambias de titularidad un barco, no pagas impuesto de matriculación si éste tiene más de cuatro años, lo que si que pagas es el IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES, igual que si se tratará de un coche. Hay unas tablas que se publican cada año por la administración en la que se indica el "valor minimo" de la transacción de acuerdo con marca modelo y año de 1ª matriculación o 1ª venta.
Si vendes un barco de lista 6ª para pasarlo a 7ª y tiene menos de cuatro años, tambien deberás pagar la parte proporcional pendiente del impuesto de matriculación.
