
13-02-2011, 22:32
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Corsario
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Re: horas de practicas obligatorias para PER
Extraido del BOE
http://www.boe.es/boe/dias/2007/11/0...5049-45084.pdf
Cita:
III. Patrón de embarcaciones de recreo:
A) Atribuciones: gobierno de embarcaciones de
recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de
eslora, para la navegación que se efectúe en la zona com-
prendida entre la costa y la línea paralela a la misma tra-
zada a 12 millas, así como la navegación interinsular en
los archipiélagos balear y canario.
Además, podrán gobernar motos náuticas.
B) Condiciones:
B.1 Aprobar el examen teórico correspondiente.
B.2 Acreditar el reconocimiento médico a que se
refiere el artículo 18.
B.3 Acreditar la realización de:
a) Unas prácticas básicas de seguridad y navega-
ción, cuya duración no podrá ser inferior a 16 horas y que
se realizarán en una embarcación de una escuela, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 15.
b) Las practicas reglamentarias de radiocomunica-
ciones, cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas, que
se realizarán en tierra, en un simulador homologado de
una escuela, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.
La realización de estas prácticas se podrá efectuar en
conjunción con las del apartado a), por lo que de esco-
gerse esta modalidad, la prácticas en total no podrán ser
inferiores a 18 horas.
No obstante lo anterior, y de acuerdo con lo dispuesto
en el artículo 13, las prácticas básicas de seguridad y
navegación podrán sustituirse por la realización y supera-
ción de un examen práctico.
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Las puedes hacer en cualquier escuela homologada y de cualquier provincia de España
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