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Antiguo 14-02-2011, 15:00
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

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Originalmente publicado por JJmaricel Ver mensaje
El RD 1435/2010 regula el procedimiento para obtener una matrícula y estar abanderado en España. No dice por ninguna parte que haya una obligación, o cuando debe matricularse (o registrarse) o no matricularse (o no registrarse).

Aunque, puede existir alguna ley o RD con alguna disposición escondida. Esta es la gran duda.
JJMaricel, el RD 1435/2010 dice que no hay obligación abanderar y matricular (bajo una condiciones: inferior a 12m y marcado CE) pero luego dice que, en todo caso, hay que obtener antes de su entrada en servicio un certificado de inscripción. (y leer los artículos que siguen, con las restricciones que implica "sólo Registrarse")

O sea, que un BOE nos reenvía a otro BOE que a su vez nos reenvía a otro,…
No tenemos suficientes competencias en la materia.
¡Socorro! ¿Dónde están nuestros queridos expertos, para aclara este embrollo galáctico kafkiano?