Cita:
Originalmente publicado por arturo-1
Atención cofrades !!
Os adjunto una reseña que debemos tener en cuenta porque me parece importante. Este reglamento modifica unos apartados sobre vertidos y demás de la FOM 1144/2003, fundamentalmente lo que se refiere a la distancia a la que se pueden hacer los vertidos (3 millas de la costa). Modificadlo en los apuntes, porque alli siguen apareciendo 4 millas y recuerdo que esa fué una de las preguntas de Noviembre que mucha gente falló por desconocer la modificación.
Saludos.
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correcto asi es , esta modificado , ahora son tres millas para aguas sucias , y eso que el marpol dice cuatro, mirad tambien el marpòl por que diferencia lo que son basuras de aguas, no es igual tirar por la borda ,que vaciar los depositos , en cuanto a las descargas de los puertos , decir que no encuento ninguno que funcione
, un saludo
Custodio

