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Antiguo 19-02-2011, 23:21
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Grumete Pirata
 
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Question Re: Real Decreto 1435/2010, sobre abanderamiento y matriculación

Buenas:
Llevo un buen rato repasando todo este hilo, y repasando el RD...
no me termino de aclarar, aunque se que la culpa es mìa por no entender bien este tipo de textos...
En breve adquiriré una embarcación nueva (la están fabricando), una semirrígida de 5 mts.que quiero poder usar en zona 4 (12 millas)
Se que acabo de llegar y no puedo estar pidiendo, pero agradecería algunas respuestas concretas a ver si me aclaro
Matriculación/inscripciòn:
Entiendo que la nueva ley me facilita las cosas en cuanto a papeleo, pero no se realmente qué ventajas tiene y qué inconvenientes, es decir ¿matriculo la barca o simplemente la inscribo?
-¿qué tengo que pagar en cada uno de los casos?
Radio y demás...:
he comprado una emisora digital y una sonda plotter, ¿tengo que solicitar LEB y mmsi? ¿qué ventajas o desventajas tiene?
Gracias de antemano y saludos

ah! y unos rones canarios!
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