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Antiguo 22-02-2011, 09:58
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Predeterminado Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????

Esta es importante:

Consulta emitida por la SG de Tributos el 21/05/2009:

CUESTION 1: Embarcación propiedad de una empresa no residente en España, es utilizada en territorio español por un español.

A la vista de los preceptos transcritos, la obligación de matricular un medio de transporte en España, se establece en función de la circulación o utilización del medio de transporte en el territorio español por un residente en dicho territorio siendo indiferente a estos efectos, tanto que el propietario del medio de transporte sea o no residente en España como que la persona que utiliza dicho medio de transporte en el territorio español sea o no propietaria del mismo.

Así las cosas, una embarcación que sea propiedad de una persona jurídica no residente en España pero que está siendo utilizada en territorio español por una persona que si es residente o que es titular de un establecimiento en dicho territorio, deberá ser objeto de matriculación en España, puesto que es precisamente el hecho de ser utilizada en territorio español por un residente o titular de un establecimiento en España lo que determina la obligación de matricular tal y como establece la Disposición adicional primera de la Ley 38/1992. A estos efectos es indiferente el número de días que la persona residente o titular de un establecimiento en España utilice dicha embarcación en la navegación por aguas españolas.


Ea...ya tenemos material para seguir debatiendo.....qué es de lo que se trata Y NO DE DESPRESTIGIAR A LA JD de ANAVRE.

Eso.....es mucho más fácil. No hay que pensar.