Entonces, de pillar algo, lo primero será mirar lo que pone en el marcado C.E. para ver si hay que registrar o no en caso de que pase de los 2,5 y sin mayor problema... ya podían venir en las webs los marcados esos...
Algo que puse hace tiempo... al final del hilo, y de acuerdo con lo que acabáis de comentar:
... menos de 2,5 metros de eslora significa que no hay necesidad de matricularlo, sin que sea necesariamente "artefacto de playa". En cambio, si mide más de 2,5 metros y das con un Guardia Civil muy puntilloso, tienes que acogerte a lo de "artefacto de playa", y la distancia a la que puedes navegar con ellos es muy restrictiva...
Más de lo mismo...
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...45#post1011145