Bueno, retomando un poco el tema, con el nuevo decreto sobre registro y matriculación, ¿se podría suponer que por analogía con las embarcaciones registradas a las que la "zona de navegación" se les autoasigna en función del equipamiento de seguridad que embarquen, una neumática de menos de 2,5 que tenga marcado CE con cat. C y con un motor adecuado a la misma, podría estar perfectamente legal en zona 5 sin más que embarcar el equipamiento adecuado, tener las facturas de neumática y motor si se utiliza éste y en este caso el seguro obligatorio? ¿a que sí? Y si va a vela o remo pues ni seguro, así que entiendo que si me compro una Honda T 24 IE 1 p.ej. (cosas similares y más baratas que conozcáis, se agradecerían)
http://www.honda-marine.es/index.asp...cat=19&sec=lis va a ser que podré irme a las 5 millas...

hasta que tenga algo mayor y la utilice como auxiliar

OK. lo dicho:
1º listado de neumáticas de hasta 2,5 pero con cat. C (para ir "hasta el infinito y más allá" sin papeles)
2º listado de neumáticas de más de 2,5 pero que sean artefactos de playa (para ir "no tan lejos" pero también sin papeles)
quiero jeje

