Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
Tingis. Otra cosa mas.
Mucha gente (por ejemplo, Alex decia que un amigo suyo de aduanas, creo) habla de que tras seis meses hay que matricular un barco, aunque el dueño no sea residente.
Yo creo que esto no es aplicable a los barcos de residentes de otros paises europeos. A mi me da que es una confusion con los 183 dias (6 meses) que convierten a un no-residente en residente, y por tanto, le sujetan a la DA1, con obligacion de matricular (con la redaccion anterior).
Y no se si hay alguna norma que lo establezca para barcos de fuera de la UE. ¿quiza la Ley del IVA establezca la obligacion de pagar el IVA?
Estaria bien saber si realmente existen esas normas que obligan a matricular un barco tras cierto tiempo en aguas jurisdiccionales españolas. Si tu trabajas en aduanas podrias mirarlo?
Y con ello reitero mi peticion a Alex para que lo pregunte a su amigo. A ver si realmente hay una norma que establezca eso o se habla de oidas y porque les suenan campanas con lo de los seis meses....
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