[quote=Iñaki/Sinvergüen;1012598]
Cita:
Originalmente publicado por regulus
Buenas,
Acabo de hacer tus "terribles" preguntas (jeje) y te paso mis resultados si te parece por si Vd. viera algún error...
Tengo dudas en la 10, que como bien dices es complicadota:
Yo el resumen que hago es :
SI buque >20 T - ROL (LISTA 7ª INCLUIDA)
Si buque <20 T - LICENCIA NAVEGACION (TODAS LAS LISTAS)
]
ROL vs. LICENCIA DE NAVEGACIÓN
-Buques GT = o > a 20T llevarán ROL DE DESPACHO Y DOTACIÓN excluidos los de lista 7ª
-Buques GT < a 20T y los de lista 7ª de más de 20T llevarán LICENCIA DE NAVEGACIÓN, aunque podrán ir provistos de Rol de Despacho y Dotación en sustitución de la Licencia de Navegación.
En resumen:
Buque (no lista 7ª) de más de 20T: OBLIGADO A TENER ROL
Los otros, pueden optar entre Licencia de Navegación o ROL, pero de entrada: Licencia de navegación.
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Buenos dias , gracias a todos por el trabajo y por la necesidad de aclararnos que tenemos todos
sin amnimo de liarla mas , quisiera poner una objecion
todo sobre el abanderamniento , registro y rol que has puesto me parece correcto, pero mi objecion es la siguiente
sobre el despacho
Orden de 18 de Enero de 2000 sobre el despacho de buques
despacho de buques mercantes y de pesca nacionales
ambito de aplicacion
a todos los buques registrados en España
EXCEPCIONES
6ª LISTA CON ALQUILER SIN TRIPULACION
7ª LISTA SIN TRIPULACION PROFESIONAL
ESPERO PODER AYUDAR ALGO CON ESTO


