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Antiguo 15-11-2006, 19:21
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Impuestos sorpresa para barcos de 2ª mano

Si compras el barco a una sociedad, tendrá que facturarte el I.V.A., siempre y cuando la misma se haya deducido el I.V.A. que soportó en la compra del barco (así es en casi todos los casos, porque en principio es la principal razón de que sea una sociedad la dueña del barco). Si no se dedujo dicho I.V.A., tendrías que tributar sólo por Transmisiones Patrimoniales.

Si además le concedieron la exención del Impuesto de Matriculación, y han pasado menos de 4 años del registro definitivo del barco (hay varios meses de diferencia con la fecha de compra), y quieres pasar el barco a lista 7ª o darle un uso privado (basta con que vayas tú en el barco), tendrás que liquidar el Impuesto de Matriculación también.

Un saludo.
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