LLevo ya un tiempo leyendo el hilo y me surge la duda...
Por ahora tenemos la ley, pero cabe esperar que salga algun reglamento que la desarrolle y aquí pregunto a los doctos abogados del foro..
Podría darse la circunstancia que, en efecto, la ley te permita tener bandera diferente a la española, pero que un reglamento pueda imponerte unos requisitos tales como: pasar ITB en España, equipamiento mínimo, etc.. para poder navegar por este bendito pais ??? Si no recuerdo mal, ya se permitía en Baleares chartear a buques extranjeros siempre y cuando pasaran las ITB´s y mantuvieran un equipamiento acorde... no ??
En un mar de dudas..

