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Antiguo 10-03-2011, 21:06
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EGIPCIO_CADIZ EGIPCIO_CADIZ esta desconectado
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Predeterminado Re: como conseguir documentación de un vela ligera antiguo?

Cita:
Originalmente publicado por ru2lph Ver mensaje
He estado mirandome minuciosamente todos los reglamentos y normativas aplicables que hay a fecha de hoy y que afectan a este problema tratado en este caso.
Voy a intentar aportar lo que entiendo en función de lo que he podido captar y por experiencia propia.

Partiendo de la base de que muchos de los funcionarios de las capitanías marítimas son incompetentes, contradichos los unos a los otros e incluso creadores de sus propias leyes y procedimientos, os recomiendo nutriros de la legislación que aportan los RD 1435/2010 y aquellos a los que se hacen referencia en el mismo y sean transcendentales en el punto al que se refieran. Del mismo modo preguntar a personas que entiendan de la materia y no os dejeis llevar por opiniones del primo del cofrade que navega con el barquito de vela sin documentos y nunca ha tenido problemas( sin menospreciar lo más mínimo la buena intención de estos al tratar de ayudar). De lo contrario os pasará lo que a mí y a muchos nos ha pasado. Preguntas en capitanía y en la mayoría de casos te hacen matricular hasta una tapa de contenedor porque le has puesto un palo de escoba y una toalla como vela mayor.

Si es un vela ligera, o no lo es, habrá de inscribirse, y no matricularse en este caso por la entrada en vigor del decreto 1435/2010 antes citado, ya que en líneas generales, y como dice un cofrade más arriba, Las embarcaciones inferiores a 12 metros no precisarán de matriculación siempre y cuando posean marcado CE.

Cito del RD 1345/2010:

"NO será necesario su inscripción en el caso de que se trate de un barco destinado a regatas, y se justifique que su fin único está destinado a la competición. "

Aquí es donde toma protagonismo la frase: ¿ qué es un barco de regatas destinado a la competición?.
Pues cualquiera que tenga usted y que utilice para regatear.

Os cito unas palabras que me dijo un inspector de la Dirección General de la Marina Mercante cuando anduve en trámites para la matriculación de una zodiac de escasos 3 metros:

" Hay que ver que te veo siempre por aquí con cara de disgusto. Tú con miles de problemas para matricular un bote hinchable y otros con barcos de 15 metros que ni si quiera se matriculan por ser para regatas".


Cita para Egipcio_Cadiz:

Lo que quiere la señora funcionaria no es otra cosa que comprobar que quien te vendió a tí el barco es el mismo que lo compró nuevo. Es decir quiere ver si entre tú y el que te lo vendío no ha habido más personas que hayan debido abonar los correspondientes impuestos de transmisiones.
Eso mismo me pasó a mi. Que me pedían, los contratos que hubieren surgido liquidados por sus impuestos correspondientes incluida la factura de compra inicial ( Difícil de conseguir o imposible en muchos casos).
Yo en mi caso, dada la imposibilidad de conseguir tales documentos opté por la opción más rápida posible. " Declaración jurada ante notario de que me hacía responsable de la legítima procedencia del barco" un rollo....pero me sirvió.
No obstante asegúrate de que vas a poder suministrarles el resto de papeles que te van a pedir,( cosa poco probable)

Te recomiendo que si el barco tiene placa identificativa, ós federeis, tú y tu hijo, y listo. Según el RD no estás obligado a inscripción.


Cita para el resto:

He leido en innumerables ocasiones, en esta taberna y fuera de ella, que los vela ligera no requieren o no tiene por qué tener documentación.
Grave error. Cualquier bien que adquiramos la tiene y por tanto los vela ligera tambien.
Si bien es cierto que no es obligatorio su registro, si lo es la documentación. Un número identificativo en su correspondiente placa del fabricante junto a su factura de compra o contrato de compraventa son sufiucientes. Pero si no tenemos nada, ¿Cómo justificamos que este barco en el que estamos es el nuestro porque es el Nº de serie "x" y se lo compré a "Y" en virtud de la factura o contrato de compraventa "Z". Ojo con esto que barco sin chapa, aunque sea vela ligera= Marrón.

Espero que con la entrada de esta nueva normativa se nos ponga más facil todo el tema de papeleos y burocracia tan desordenada que hasta entonces existía.

Perdón por el ladrillazo, pero no me podía callar. En compesación:
Ua ronda de ron del mejor para mis cofrades!


Salud!
LO he conseguido
Bueno, ronda para todos y os comento lo que he hecho y al fin sin problemas. Como lo que quiero es "pasear", y no hacer el que entrena, ni participar en regatas, pues la obligación es inscribirlo, como dice el Real de decreto, aunque sea un Hobie Cat 15.

Os digo los pasos, que me he tenido que comer, pero que yo así me quedo tranquilo.

1º) Con el contrato de compraventa y el certificado de conformidad y ficha técnica, que le hice al vendedor que los buscara y que los encontró, pago del Impuesto de Transmisión Patrimonial y actos jurídicos documentados. 4% de importe de venta que aparece en el contrato, así además se registra el contrato y ya está a mi nombre. (Solo necesitas el contrato de comrpa venta, tu dni, y los papeles del barco que te he comentado antes).

2º) Me voy a Hacienda y presento Modelo 06 de No sujeto al pago de Impuesto sobre determinados medios de transporte. Ellos me dan aparte de ese modelo firmado, una carta acuerdo en el que se certifica que mi barco esta exento de ese impuesto.

3º) Me voy a Capitanía y allí presento, Focotocopias de : Impuesto de Transmisión Patrimonial, (si es de segunda mano como es mi caso, sino factura), Fotocopia del contrato de compraventa, Y uno de los ejemplares del modelo 06 anteriormente citado, además del certificado de conformidad del fabricante (estos los papeles del barco que dije antes)

Al final, se ve que se leyeron bien el decreto, o obviamente no me pidieron factura por un barco de segunda mano de particular a particular, sino obviamente el contrato de compraventa y punto.

No lo matriculo (ya que no es obligatorio), pero si lo inscribo como lista 7ª, y obtento un número, parecido al de matricula, con el cual queda registrado el barco, y ya puedes ir libremente sin comerte ningún marrón.

Por supuesto recomendable un seguro, aunque en embarcaciones de menos de 6 metros no es obligatorio.

Ha día de hoy mi Hobie Cat 15, está ya registrado, yo tranquilo, y a pasear...

Quizas, algunos penséis que son demasiadas molestias, pero estoy convencido que es mejor así.

Abrazos a todos.
__________________
Abrazos
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lokillo (04-02-2016)