Después de leerme todo el Real Decreto (o casi todo), me ha llamado la atención el párrafo que dice:
Se modifica el primer inciso del primer párrafo del apartado 1.e) del artículo 22 que queda redactado de la siguiente manera:
«Las radiobalizas se someterán a una prueba anual de funcionamiento por inspectores de la capitanía marítima o por empresas autorizadas. En el caso de embarcaciones de recreo esta prueba será cuatrienal y se llevará a cabo por parte de empresas autorizadas.»
Hasta ahora las revisiones de la radiobaliza eran bianuales. ¿eso quiere decir que nos saltamos una revisión?
¿y de las costosísimas revisiones anuales de la balsa no han modificado nada?

LDN