Cita:
Originalmente publicado por regulus
El otro día comiendo con el patrón de un catamarán, comentaba que quería hacer lo de "cenizas al mar" y a tal efecto se dirigió a Capitanía de Barcelona. Él tiene despachado el barco para zona 2 y se dedica al pasaje hasta 22 personas a bordo. le comentaron que para poder verter las cenizas y teniendo en cuenta la zona de navegación, podrían dejarle hacerlo a partir de las 3' siempre que llevase AIS, así podrían ver que realmente cumple las 3' para esta actividad exclusivamente.
Esto NO es en absoluto materia de examen...no sé de qué normativa sale esta disposición...
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MARPOL...!
Lo demás, lo del AIS como medio de control, a criterio de la Capitanía.
