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  #461  
Antiguo 15-03-2011, 11:48
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Vidal Mestre
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Predeterminado Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011

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Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen Ver mensaje
Para mi es la D) Sólo temporalmente.

Me parece que únicamnte la DGMM puede hacerlo de forma permanente.

Respecto a lo de Madrid, yo llego a las 12 de la noche del viernes, así que no podré quedar para cenar con vosotros , pero lo del hotel, taxis y vermouth del día siguiente, pues perfecto!!!

A mi entender, en el Articulo 10 Funciones del Captián Marítimo

[FONT='Verdana','sans-serif']h) La prohibición o restricción de la navegación, para[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']determinadas zonas y por tiempo limitado, por razones de[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']seguridad de la vida humana en la mar y de la navegación y[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']de prevención y lucha contra la contaminación marina, o[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']para determinados buques civiles, por razones de prevención[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']de actividades ilícitas o tráficos prohibidos.[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif'][/font]
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