
19-03-2011, 18:23
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Hermano de la costa
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Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
Cita:
Originalmente publicado por JJmaricel
Así era hasta el 31 de diciembre de 2010.
Un cambio en una ley ha modificado esto desde el 1 de enero de 2011.
En la entrevista al abogado experto Jose carlos Frau, al final de este programa de radio: http://www.ivoox.com/gaceta-nautica-..._521668_1.html me abre los ojos sobre esta cuestión. Pero no me queda clara hasta que punto. Si te lees el nuevo texto legal, da casi la impresión de que pagas el impuesto de matriculación y luego matricula o abandera donde quieras.
Pero, según los expertos, más cautos, es que si compras un barco de segunda mano con otro pabellón, pagas el impuesto y no tienes porqué cambiar la bandera.
Momentos iniciales de los nuevos textos legales. Momentos de dudas. ¿Se han abierto las puertas de elegir la bandera, una vez se haya pagado el impuesto especial?
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Desgraciadamente creo que esto no es así, por dos causas:
1-Los registros de otros paises obligan a los registrados a reunir ciertas condiciones de residencia, ciudadania etc... ejemplo el MCA ingles
2.-Aunque mantengas la bandera aplicaran las normas que actualmente estan en vigor con los residentes extrangeros ( mas de 6 meses viviendo en España) que son no solo pagar los tributos aqui, sino tambíen cumplir las leyes españolas itb, zonas de navegación, titulos etc..
 
LORDRAKE
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El GRAN AZUL
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