El barco en lista 6ª es para explotación comercial, y como hay muchos abusos se miran con lupa todas las actividades que se realicen en los cuatro años que es el tiempo que prescribe el Impuesto sobre matriculación de embarcaciones.
Cuando la G.C. del mar, o Aduanas, para a una embarcación en lista 6ª lo primero que pide es el contrato de alquiler, y seguidamente la identificación de TODAS las personas que se encuentran a bordo, y por supuesto la titulación del patrón.
Eso quiere decir que si el nombre del propietario o socio de la Empresa propietaria, o algun familiar se encuentra en la lista..... "la ha cagao", no valen excusas. La agencia tributaría echa mano al D.L. y te empapela, no hay excusas ni que seas profesional (un capitan de la marina mercante podría ser tambien dueño de una empresa de charter con barcos y por esa regla de tres como es profesional podría utilizarlo).
Entienden que si el propietario se encuentra a bordo, esta "disfrutando placidamente" de su embarcación SIN PAGAR IMPUESTOS, y ya esta liada.
Y no vale comprar y matricular en lista 6ª y guardarla durante 4 años, se tiene que demostrar actividad, alquileres, facturas, libros contables, beneficios en la explotación, y más cosas.
La inspección dentro de los tres primeros años ES SEGURA, no hay escapatoria, hay un equipo especial de la administración para ese menester, a lo menos aquí en Barcelona. Son atentos pero muy rigurosos, una inspección suele durar unos cuatro meses, a dos visitas mensuales con llevar que si contratos, que si facturas, que reparaciones, que amarres, y bueno en cada visita como vas tomando confianza, intentan sonsacar si en realidad alquilas o no, vamos una pesadilla para el que no lleva las cosas debidamente.
Una vez superada esa inspección y pasados 4 años desde la fecha de matriculación (que no de compra) ya te dejan respirar.

