Hola, Jangada.
He estado dando vueltas a este tema durante bastante tiempo. He estudiado la posibilidad de hacerme residente en otro país, entre otros motivos, por temas náuticos. Hace tiempo estoy estudiando la posibilidad de adquirir un velero. Este asunto no sería tan trascendental si no fuese porque lo quiero matricular en zona A, que es realmente donde meten el sablazo potente (como comentan los cofrades). Según lei en un sitio, unos de los requisitos que piden, entre otros, es estar en el extranjero más de la mitad del año, que sería mi caso (trabajando a bordo de un buque de bandera extranjera). No sé si este requisito sería válido. Sería cuestión de preguntar en la embajada del pabellón del buque. Lo que comentas de la sociedad británica, ¿Son lugares que se dedican a eso?¿son caros?¿el barco, comprado en GB, estaría a tu nombre?. La verdad es que el asunto es importante porque, aunque uno haga esto con la idea de irse por ahí, algún día tedrá que venir a España a darse una vuelta con los amigos sin preocupaciones por las sanciones. De todos modos la información que has aportado me ha aclarado bastantes cosas, lo cual es de agradecer.
Saludos y unos cubatas para todos

