Cita:
Originalmente publicado por kelt
Vuelvo sobre este tema que en este y otros foros, parece haber perdido interés. Para mi lo tiene y pretendo seguir peleando por conseguir la devo-
lución de las diferencias en el tipo de IVA de los cuatro ultimos años. El pasado 9 de Marzo recibí el Acuerdo de Resolución al Recurso de Reposición
desestimando mi reclamación, por lo que lo unico que me queda es presentar en el plazo de un mes recurso ante el Tribunal Economico Administrativo Regional.
Como probablemente habrá mas cofrades en esta situación, mi pretensión es conocer los enfoques que se les estan dando a estos recursos, con el fin
de poder preparar el escrito.
Gracias.
|
El enfoque a nivel del tribunal económico administrativo es bastante sencillo, ya que es un tribunal alque acudes sin postualción (aclaro: sin abogado y procurador) La base jurídica del enfoque en un reclamación de IVA de años anteriores es la propia normativa del IVA artículos 20,21 y 90 y 91 y la propia interpretación hasta Julio de este año pasado de la DG de Tributos.
Si lo deseas y eres rápido en contactar por privado y mandas la documetación que has recibido escaneada, podemos Eirín y Yo prepararte el escrito para el TEA. Hay varios por toda la geografía española pleiteando por este tributo. Hay quien ha preferido desistir, pagar y yatá (los más numerosos)
en cualquier caso y decidas lo que decidas, mucha suerte

