Hola Cofrades,
Una ronda para todos que con tanto tema legislativo no acabo de poner el barco proa al viento.
En mi permiso de navegación, indica lo siguiente:
Categoría Diseño / Zona de Navegación = A/4
Que significa que si le pongo la Balsa, RadioBaliza y Radio Portatil GMDSS y un par de bengalas más ya me puedo ir a las Islas?
Me da a mí, que no puede ser tan fácil.
Es que la verdad hay cosas que no entiendo, si hacemos 1 ó 2 viajes a las islas en 5 años, y el resto de año, salimos al patio a navegar por las cercanias de nuestro puerto, y algunas travesías costeras de fin de semana.
¿Tenemos que pagar todo lo que nos piden para no usarlo?
Es como el que se va a una boda y piden un vestuario esclusivo (esmoqui), lo normal es alquilarlo o que te lo dejen para la ocasión.
Porqué en la nautica ha de ser distinto, que mal hay en que si el barco está categorizado con una categoría de navegación para navegar por esa zona, si le pones lo que es obligatorio según la ley, tampoco te lo permitan si no tienes el papelito con la copia verde, rosa y azul.
Si esto cambiara, todo el mundo iría de legal y se acabarían los debates y los vacios legales que hay en muchos temas relativos al mundo de la nautica.
