Discusión: Contrato Compra-venta
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Antiguo 01-05-2011, 22:54
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Re: Contrato Compra-venta

Unas birras
Yo que tú no lo haría

RECEPTACIÓN:

Artículo 298 Código Penal:
1. El que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables a aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba, adquiera u oculte tales efectos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

Te la puedes estar jugando, y no vale alegar desconocimiento.
Como poco te quedas sin el motor. Yo que tú no lo haría.

Saludos.
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"Si no sabes hacia donde se dirige tu barco, ningún viento te será favorable."
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el_ivanuco (02-05-2011)