
02-05-2011, 20:04
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Grumete Pirata
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Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
Impuesto de matriculación amparándose al DA1:
Estimados cofrades, expongo el caso siguiente:
Acabo de comprar un velero de segunda mano (Beneteau de agosto 2009) con bandera francesa
Ya tengo todos los papeles en regla con el barco a mi nombre.
El barco esta en un puerto en Francia y lo quiero traer a España, mantener la bandera francesa, eso sí, pagando el famoso impuesto del 12% ya que el DA1 lo permite ahora.
Hasta ahora, todo bien, pero aquí empiezan las dudas.
Como ha sido comprado a un particular, no hay factura, sino un contrato de compra venta, digamos por X Euros.
Por otra parte, cómo el barco es de agosto 2009, aún no aparece en las tablas de Hacienda
Pregunta nº1:
¿Sobre qué valor se va a calcular este 12% de impuestos, sobre el importe que aparece en el contrato de compra-venta o sobre una valoración que hará Hacienda y cómo lo va hacer?
Pregunta nº2:
¿Es posible pedir a Hacienda que indique el importe de este 12% antes de solicitar su auto-liquidación?
(¡¡¡Si Hacienda “se pasa y me clava”, dejo el barco en Francia!!!)
Pregunta nº3:
¿Qué documentos exactamente tengo que presentar? quiero decir ¿será suficiente el contrato de compra-venta y los papeles del barco a mi nombre (el “Acte de francisation”)? ¿hace falta algo más?
Pregunta nº4:
¿Ha estado alguien en un caso similar, quiero decir pagar el 12% para un barco que aún no aparece en las tablas de Hacienda por ser demasiado nuevo?
Gracias por vuestras respuestas.

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