Perdonar que entre al foro con una consulta que puede que no sea la referida al tema pero ......
Aquí va el mensaje:
Estamos pensando en ponernos en la lista 6ª para chartear “sin patrón”.
Tambien nos gustaría hacer uso particular del barco.
Mi consulta es:
¿Nos hace falta una titulación especial que no sea el PER para dicha actividad?
Es posible usarlo tambien nosotros cuando no está acupado???
Quien controla ese tema ?????
Hay gastos adicionales por la lista 6ª ????
Tutulación requerida : Charter SIN PATRON
Un saludo
A todo los de barra y como se corresponde, esta ronda va a mi cuenta.
Ron pá todos.
