Buenas tardes, sigue sin aparecer alguien implicado directamente en una sancion por cruzar con el PER y el barco en zona 4 .
Es evidente que la sanción te la deben aplicar en la zona fuera de cobertura de las 12 millas de ambas costas.
Tengo barco desde los 12 años y he navegado muchas millas por lo cual puedo asegurar que lo más importante es la capacitación del patron y su responsabilidad , com asi funcionan en otros paises Francia, Inglaterra,,,
No puedo dejar de pensar que todo corresponde a un montage para generar negocio y gastos innecesarios , sino porque es legal la navegacion entre islas ?
A ver si sale alguien, sino se refuerza mi percepción
