Cita:
Originalmente publicado por joabp
Con que saliese esto: La idea es que hasta 6 metros de eslora y navegaciones próximas a costa (2 millas) en condiciones de buen tiempo, no haga falta nada de nada, salvo registrar. Y si puede ser por Internet, como en el Reino Unido, mejor que mejor.
La alegría que nos íbamos a llevar muchos; poder hacernos algo como ya se puede uno construir menor de los 2,5 pero que de verdad colme nuestras aspiraciones de navegar quizá algún que otro día con la pareja, los hijos o un par de amigos y no parecer que se va en un patito de goma..., joer, los vela ligera y pequeños cruceritos, botecitos de pesca, etc. deberían ser legalmente poco más que bicicletas... con todas las medidas de seguridad, seguros, etc., pero sin trabas admisitrativas...
   Gracias por hacernos tener esperanza...
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Hola Jaobp
Ante todo me alegra tu esperanza, pero... te sabes alguna oración? le puedes poner alguna velita a un santo? Eso ayudaría
Seamos serios ahora. Falta en la norma un apartado que aún no tenemos redactado (bueno, mejor dicho que Guillermo no tiene redactado

), que hablaría de la capacidad de las embarcaciones.
Es decir, si tienes un barquito sin ningún tipo de requisito técnico, tiene que haber algún criterio que hable de cuanta gente puede transportar. Eso se haría bien por una tabla en función de la eslora, como pasa en Italia (método simple aunque puede ser injusto), o bien haciendo una simple medición de arqueo (volumen) de la embarcación, lo cual es ligeramente más complejo pero se ajusta más a la realidad.
Un saludo