Cita:
Originalmente publicado por KIBO
Te has explicado perfectamente ALCAPAR. Los que parece que todavía no se han enterado, son los que te han contestado, pues desde el 1 del 1 del 2011 la situación es tal y como la comentas y que se resume así de simple:
CUALQUIER CIUDADANO ESPAÑOL O RESIDENTE EN ESPAÑA, PUEDE POSEER O ABANDERAR UNA EMBARCACIÓN CON LA BANDERA DEL PAIS QUE DESEE SIEMPRE Y CUANDO ESTE BARCO PAGUE SUS IMPUESTOS EN ESPAÑA, QUE BÁSICAMENTE SERÍAN A: SI ES NUEVO IVA+MATRICULACIÓN B: SI ES DE SEGUNDA MANO: IMPUESTOS PATRIMONIALES (si viene de otro pais de la UE el IVA ya lo trae pagado en origen).
Por lo tanto, a partir de ese momento, tu barco será un trocito de ese pais que enarboles (Bélgica, Francia, Holanda, o lo que sea) y tendrás que cumplir con sus normas. Pero claro, ya sabemos lo laxas qeu son las normativas europeas comparadas con la española, de ahí lo interesante del cambio.
Somos varios los que estamos iniciando los papeles para cambiar de bandera. En el foro de Cuestiones legales hay un hilo al respecto.
Así es y así se lo hemos contado.
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Y digo yo. ¿No seria mas racional, normalizar nuestras normativas nauticas con las vigentes en el resto de Europa?.
¿Estamos todos locos?. Si esto lo legislan asi, de aqui a poco, los unicos que lleven pabellon español será la Armada Española y la Benemerita, esto último con algunas dudas. Cada vez entiendo menos este mundo nautico.....

