
22-05-2011, 20:20
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Pirata
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Re: Decidido mi próximo barco no tendrá pabellón español
Si la nueva legislación fiscal permite hacer lo que decís, bienvenido sea para quien le beneficie, pero entiendo que es un error creer que, mediante el acto administrativo del abanderamiento, se puede montar artificialmente una exclusión de las leyes españolas para un barco que navega usualmente en España, y es propiedad de un español que reside en España, especialmente en materia de inspecciones técnicas o equipamiento obligatorio. Y más aún si, como indicáis, lo que básicamente dice la normativa fiscal es que, cualquiera que sea tu bandera, vas a tributar en España.
También son trocitos de países foráneos las embajadas y a nadie se le ocurre pensar que la inmunidad diplomática alcanza los reglamentos de tráfico o las ordenanzas urbanísticas municipales en materia de edificios ruinosos. O el caso de las sucursales de entidades bancarias extranjeras, que tienen ciertos trocitos soberanos (sus cuentas), y están sometidas a supervisión del regulador español, y todos sabemos que los requerimientos de capital no pueden ir precisamente por la legislación de las Islas Cook... Andar por el filo del reglamento, o sus lagunas, es jugar a que las autoridades de vigilancia o inspección te apliquen directamente fraude de ley. Jugar a que, además de tener que sufragar las reformas y abonar las multas correspondientes, te quede cara de tonto.
Es mi opinión.
  
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