Cita:
Originalmente publicado por Tatatoa
Una cosa es que hacienda en su afán recaudatorio y con tal de que no escapen impuestos, publique disposiciones para que paguen todos y no ocurra el caso de los "millonetis" que compraban yates y abanderaban de "conveniencia" para ahorrase impuestos (que no elementos de seguridad) y tenían el superyate en IBIZA o PORT BANUS, a su entera disposición todo el año.
De ahí la Ley.
Esos matriculaban con bandera extranjera porque el impuesto de matriculación 12 % de muchisimos millones ..... pues era una buena pasta, y no por ahorrarse una balsa salvavidas y una radiobaliza.
Otra cosa es que la DGMM, no indique que aquellos barcos de bandera extranjera y navegando en aguas jurisdiccionales españolas, no estando de paso, tengan que cumplir los requerimientos de seguridad que exige la legislación española para los barcos de su categoría.

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Tatatoa, quisiera tener más tiempo para convencerte, pero me voy al futbol ;-)
la DGMM no puede hacer nada ni ordenar nada sobre un barco holandes, o belga o Aleman, simplemente porque no tiene jurisdicción sobre lo que va en ese barco (otro tema serían drogas, delitos, o cosas de esas) pero ahí intervendrá la Guardia Civil y no la DGMM.
Te repito que la DGMM asume que si mi barco es holandes, o belga, o de la república del Yucatán, lo único que me pedirá es el seguro y que yo cumpla con las obligaciones del pais de mi bandera. Punto pelota. Vamos, así me lo han dicho directamente en capitanía.