
24-05-2011, 13:06
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Pirata
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Re: Es posible?
Es hasta 6 m. segun el Real Decreo 1434/1999 de 10 de sep.
Las embarcaciones de eslora inferior a 6 metros, registradas en la lista 7. a, estarán exentas de reconocimientos periódicos. En el certificado de navegabilidad deberá constar la frase «SIN CADUCIDAD».
No se ve muy bien en el certificado que has colgado, lo que puede pasar es la diferencia que hay entre esloras, la valida es la del fabricante, si luego han colocado un balcon de proa, baupres o cualquier otro elemento que supere la eslora inicial, esa no consta en la documentacion para las ITB´s pero si para el pantalan, no se es una idea.
Saludos y birras 
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de la tierra el cordero y de la mar el velero
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