Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi
Más o menos ... pero lo cierto es que no hay norma que te obligue a abanderar en España salvo la tributaria que ahora permite no hacerlo ... al menos eso creo yo.
   Salud!!!
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Efectivamente. Totalmente de acuerdo contigo.
Lo de contraponer los RDs 1027/1989 y 1435/2010 a la nueva normativa no tiene ningun sentido. Si tu barco es britanico, holandes, belga, italiano ... esos RDs se la bufan al barco, a su armador y a su patron.
No he entrado a discutir este punto porque ya lo hice (y mas de la cuenta) hace varios meses en este mismo hilo, cuando habia algunos que defendian esa absurda postura de pretender la obligatoria matriculacion sobre la base de los RDs.
Salut!
Tupac Amaru