Cita:
Originalmente publicado por Tur
Tu indignación por la cuantía de la multa y su proporcionalidad o no con el "delito" creo que la comprendemos todos y aquí ya se ha reflejado varias veces, pero lo de que no lean los recursos y pasen de las leyes....es injusto, puesto que de las cinco razones para recurrir que indicabas, salvo la de error en fecha, que con los datos que tenemos no se puede valorar, las otras cuatro no tienen ninguna solidez.
Es una pu...a pero es así.
Saludos
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Segun el articulo 12 del RD 1434/1999 dice que las embarcaciones MENORES DE 7.5 METROS,que infrinjan las normas sobre seguridad maritima (es decir mi caso),tendran una sancion MAXIMA de 100.000 pts (600 euros).
No han echo ni puto caso.



