Cita:
Originalmente publicado por Tupac A.
Es posible que la diferencia debe estar en el famoso "sin perjuicio de la normativa especifica..." de la DA1.1. En la normativa nautica vimos que no hay otra norma especifica que obligue, pero es posible que la normativa de trafico si. (o tambien es posible que en la DGT vayan tan peces como algun capitan maritimo suelto que todavia no se ha enterado).
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... o que la DGT no quiera que se pierda el jugoso filón de las ITV...
