Discusión: Inspección GC
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Antiguo 07-07-2011, 11:48
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Piratilla
 
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Predeterminado Re: Inspección GC

Unas copas que alivien los malos tragos.

Por experiencia en la exención de los diferentes impuestos y/o circulación o navegación en este caso(que me imagino que la norma de aduanas se rija por el mismo rasero).
En empresas de alquiler, la exención del pago del impuesto de matriculación exige que el bien solo sea usado y destinado ese fin, al alquiler. Y ojo, se entenderia que debe pagar el impuesto si durante un año natural la agencia detectase que se contrata durante mas de seis meses, consecutivos o no a una misma empresa o persona.
Al respecto de quien puede manipular la embarcación, solo puede ser alquien contratado por la empresa, tanto como personal propio o en contrato mercantil. Siempre habria que llevar documentación que acredite tal efecto (TCS, copia contrato mercantil, como en cualquier centro de trabajo de empresa).
Hasta aquí la ley. Si uno ya sabe donde está la linea de la infracción, depende de él traspasarla o no. Otra cosa es que el sentido común pueda evaluar la flexibilidad de la ley por parte de quien la aplica. Pero eso ya sabemos que no es objetivo sino que depende de las turbulencias personales de cada uno.
Espero que haya aclarado algo...
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