Cita:
Originalmente publicado por a_millor
Supongo que, por similitud, el alquiler de una embarcación no debería tener por que ser tratado de forma diferente que el de un coche. Por mi trabajo, tengo bastante relación con empresad de alquiler de coches y os puedo asegurar que el personal de estas, invariablemente se mueve con vehículos de los que en cualquier otro momento utilizan para alquilar a los clientes. ¿no debería esto estar igual de "perseguido" que el uso de un barco de alquiler por el empleado o dueño de la empresa?
¿será una mas de las diferencias de trato que sufren diferentes sectores de mercado?
 
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Ya puestos en materia, pongamos el caso de hago una empresa con el siguiente fin:
Alquiler de barcos a terceras personas (no familiares) por períodos completos de 5 años completos (ni uno más ni uno menos).
Ahorro para el armador del 28% de impuestos.
Esto es legal ??
Es decir, se puede alquilar un barco por 5 años completos a la misma persona ??
