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Antiguo 17-07-2011, 17:48
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Grumete Pirata
 
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Predeterminado Re: Navegación Y Fondeo En Las Zonas De Baño (sean Playas O No)

Aunque el articulo esta incompleto y además no inserta la última modificación de la Ley de Puertos, creo que es interesante para esta discusión.
http://www.guardiacivil.org/revista/797/formacion_1.pdf

Hay que tener en cuenta que la navegación con la modificacion que con fecha 7 de agosto de 2010 se publico en BOE 191, la Ley 33/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general, que en lo que nos afecta sobre Ley 27 /92 de Puertos y Marina Mercante deroga el artículo 114; la letra e) (INFRACCION GRAVE) y modifica el artículo 115.2.l) (INFRACCION GRAVE) que tendrá la siguiente redacción:
“La navegación, salvo causa de fuerza mayor, realizada por cualquier clase de buque, embarcación o artefacto destinado a usos de transporte, pesca o de recreo fuera de los canales balizados de acceso a la costa, en las zonas marcadas como reservadas al baño y debidamente balizadas, así como la navegación en la franja de mar contigua a la costa de una anchura de doscientos metros en las playas y cincuenta metros en el resto de la costa, excediendo el límite de velocidad que marquen las disposiciones vigentes."


Asi que señores yo no me metería nunca, en la zona de baño,..