Pues el espíritu de la norma dice que si.
Pero ten en cuenta que queda eximido del pago de impuestos pero debe garantizarlos. (aval o similar).
Se le dará un plazo para finalizar esa importación temporal, (generalmente 3 / 6 meses) y o bién retornar (re-exportar) a origen esos materiales, ó convertir la temporal en definitiva, liquidando los impuestos que previamente había garantizado.
En resumidas cuentas, o tienen bastante valor y por tanto los impuestos a pagar son sustanciales, ó al final de la historia los gastos producidos no le compensan.
Saludos
Se me olvidaba: si es extracomunitario, necesitará nombrar un representante fiscal aquí. (more money).