Cita:
Originalmente publicado por P27
Una vez puesto en regla ya me diras cuales on esas dificultades para mantenerlo, regla
Por otro lado ser jubilado y tener una embarcacion pequeñita no te exime de cumplir
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No sé si en Galicia pasa lo mismo que aquí. Supongo que sÍ.
En Catalunya es frecuente que percadores artesanales pasen sus embarcaciones de lista 3ª a lista 7ª cuando se jubilan, porque no se puede tener un barco de lista 3ª si no ejerces la pesca.
Pero siguen pescando con artes profesionales... y eso no se puede hacer con un barco de lista 7ª!!!!!
En una embarcación de recreo (7ª) sólo permite pesca deportiva (caña, volantín...) y con licencia, no con redes enormes o con palangre de Km., por ejemplo.
Así que:
- Si se han jubilado y no han pasado su embarcación de 3ª a lista 7ª = sanción.
- Si pescan con artes profesionales en lista 7ª = sanción.
- Si intentan vender la pesca sin pasar por la lonja = sanción
- Si están jubilados no pueden pasar pesca por la lonja (acaban vendiendo directamente a restaurantes, fuera del control de los cupos y compitiendo deslealmente con los pescadores en activo).
Aquí también vigila eso la GC del mar.