Cita:
Originalmente publicado por Cabot
La cuantia de la denuncia la establece el funcionario de Marina Mercante, y como estan mas tiesos que los pinos de Puerto Real y tienen un desconocimiento absoluto del mundo de los barcos de recreo pues !!!leña!!! que es lo mas facil.
Meten la misma cuantia que a un mercante o un pesquero, los de las Capitanias estan cuanto menos obsoletos.
A los que nos joden son a nosotros.
suerte
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-Creo, y desde una vida en pesqueros, pasando por un bulk carrier, marinero, que no sabes ni por asomo las cuantias de las sanciones a estos buques. Mejor que no sea así, porque entonces sabras lo que es una sanción. Te puedo decir la última a un compañero, ojo y bien sancionado, otra cosa es la cuantía. Por ir sin un tripulante, en un pesquero, sin avisar a Capitanía, 30.000 euros. No te digo las sanciones a un mercante, las cuales a veces son MILLONARIAS (en euros por supuesto). Ni que decir tiene que somos profesionales y se debe exigir un mayor cumplimiento de la norma.
-Por otro lado, dos matices, el primero, como bien ha dicho sumeke, es fácil tener los papeñes a salvo de rociones y demas y evitar esto, y por otro, debemos tener claro el concepto de buque en navegación, "Buque en navegación: buque que no esté ni fondeado, ni amarrado a tierra, ni varado." Por tanto con la ley en la mano, si estaba fondeado (creo haber leido eso), (edito me falto el) NO estaba en navegación.
-El segundo y es algo que suelo ver en la taberna, es que muchos cofrades hacen la comparativa con el codigo de circulación, sin darse cuenta de que la mar es totalmente diferente, nada que ver las leyes en el mar, por tanto y a mi juicio, nada comparable.
Cuando la GC se arrima al barco en el que estamos faenando temblamos, siempre puede haber algo, eso sí, jamas un rol, o un título se quedan en tierra, a no ser que este debidamente justificado y con el correspondiente justificante emitido por Capitanía, mas que nada cofrades, porque pican y mucho, mas aún estando el sector como estamos.
El tema de cuantías está estipulado por ley, así que si no se encuentra entre esos límtes (los sobrepasa obviamente) también eso se puede recurrir.
Otra cosa es la subjetividad del agente o agentes en cuestión, o incluso la del multado, también en la cuantía, en si se pasan, en las medidas de seguridad para salir de una navegación costera, etc, etc, algo totalmente ajeno a la ley.
Mi reflexión no trata de dar una opinión personal, trato de ver las cosas desde un pesquero y creo que mientras las barcas de recreo esten bajo en ¿manto? de la DGMM y esta no sepa diferenciar, pues la ley será mas rigida en cuanto a normativa, que no en cuantía.